La ratificación del perito informático en la vista oral supone el culmen de la labor de peritaje informático tras la captura de evidencias digitales, el análisis forense informático y la redacción del informe pericial.
El perito informático en la vista oral
El perito informático entrará a la sala de vistas comenzada la vista oral, en la finalización de la fase de práctica de pruebas. Antes de acceder a la sala acreditará su identidad, y en su caso, su condición de profesional colegiado. Declararán primero los peritos informáticos propuestos por la parte actora, finalizando con los peritos forenses propuestos por la parte demandada.
La declaración del perito ante el tribunal
El perito informático comenzará su declaración con el juramento o promesa de decir verdad y con la ratificación de su peritaje informático. Acto seguido será sometido a interrogatorio por las partes, el Ministerio Fiscal y/o el Tribunal, que podrán preguntarle respecto a distintos aspectos de su informe. Ante estas preguntas deberá responder de la forma más efectiva posible, persuadiendo de la corrección de sus argumentos al auditorio. Esta misión le será estorbada por la parte contraria, y en su caso, por el Ministerio Fiscal.
Una vez concluida su declaración se recomienda que el perito informático abandone la sala. La razón es no minar su credibilidad dando a entender al Juez o Tribunal que se tiene algún tipo de interés en el resultado de la causa, ya que los peritos deben ser siempre imparciales, sin importar que se trate de peritos informáticos judiciales o de parte.
¿Cómo prepara un perito informático su intervención ante el tribunal?
A la hora de preparar su intervención, el perito informático deberá tener en cuenta el tipo de procedimiento al que acude (penal, laboral, civil, etc…). Tanto la materia como los jueces son muy distintos, tienen hábitos diferentes y tratan a los peritos informáticos de distinto modo. Así mismo, en función del orden jurisdiccional el auditorio ante el que deberá argumentar variará en su composición y características.
El perito informático forense también deberá tener en cuenta la disposición de la sala de vistas, en las que por regla general el juez o tribunal ocupa la parte central, las defensas ocupan el estrado a su izquierda y las acusaciones el estrado a su derecha. Suelen ser, de ordinario, salas donde median escasos 3 metros entre el micrófono ante el que deberemos hablar, normalmente de pie, y el estrado. Normalmente no tienen capacidad para más de 20 asistentes.
El perito informático ante el juez o tribunal
El juez o tribunal es el elemento esencial del auditorio del perito informático, ya que es el sujeto procesal que más condiciona e influye en el alegato de todo perito, influencia que deriva tanto de la necesidad de ser persuadido y convencido a través de la argumentación pericial como por las funciones de dirección del debate y de mantenimiento del orden en la sala que ostenta: concesión o denegación del uso de la palabra, dirección del debate, advertencias y amonestaciones, etc.
¿Cuáles son las características del juez como sujeto procesal?
Las características esenciales del juez o tribunal como sujeto procesal del auditorio del perito informático podríamos resumirse en las siguientes:
- Es el sujeto que recibe a través de la escucha el mensaje de los peritos informáticos, siendo su función principal resolver el debate procesal a través de la oportuna resolución jurídica.
- Tiene atribuida por mandato legal la función de dirigir el debate procesal y, con ello, las competencias de policía y orden de la sala.
- Por su experiencia y conocimientos, el tribunal es difícilmente sugestionable por la emoción.
- Es un auditorio absolutamente profano en las materias que tratan los peritos informáticos, poco instruidos en la técnica informática en general, y en los asuntos que tratará el perito forense en particular.
Resulta conveniente para todo perito informático conocer el marco legal en el que se desenvuelve la actividad de los jueces en el marco de la vista oral, pues de esta forma será más fácil comprender su ámbito de actuación y competencias, facilitando con ello la estrategia argumentativa del perito.
¿Cómo dirigirá el juez el debate procesal?
Serán sancionados los testigos, peritos o cualquier otro que, como parte o representándola, faltaran en las vistas orales y actos judiciales de palabra, obra o por escrito a la consideración, respeto y obediencia debidos a jueces, fiscales, secretarios judiciales y resto del personal al servicio de la Administración de Justicia. Podrán ser amonestados en el acto por quien presida o expulsados de la sala si no obedecieren a la primera advertencia, sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que incurran.
El Juez o Presidente del Tribunal, según el caso, dirigirá los debates en el acto de vista oral, cuidando de impedir las discusiones impertinentes y que no conduzcan al esclarecimiento de la verdad, sin coartar con ello a los defensores la libertad necesaria para la defensa.
¿Cómo se desarrolla la vista oral?
Durante la vista oral toda persona interrogada o que dirija la palabra al tribunal deberá hablar de pie. Se exceptúan el Ministerio Fiscal, los defensores de las partes y las personas a las que el Presidente dispense de esta obligación por razones especiales.
La celebración de la vista oral se desarrolla, con carácter general, como sigue:
- Constituido el Tribunal, el Juez o Presidente declarará que se procede a celebrar vista oral y pública, excepto cuando el acto se celebre a puerta cerrada. Iniciada la vista oral, se relacionarán sucintamente los antecedentes del caso o las cuestiones que haya que tratarse.
- Seguidamente, informarán, por su orden, el actor y el demandado, o el recurrente y el recurrido, por medio de sus abogados o las partes mismas cuando la ley lo permita.
- Si se hubiera admitido prueba para el acto de la vista se procederá a su práctica conforme a lo dispuesto en las normas que correspondan.
- Concluida la práctica de prueba o, si ésta no se hubiera producido, finalizado el primer turno de intervenciones, el Juez o Presidente concederá de nuevo la palabra a las partes para rectificar hechos o conceptos y, en su caso, formular concisamente las alegaciones que a derecho convengan sobre el resultado de las pruebas practicadas.
Durante el desarrollo de las vistas orales, el Juez o Presidente agilizará en lo posible el desarrollo de las mismas, a cuyo efecto llamará la atención del abogado, la parte, el testigo o el perito informático que en sus intervenciones se separen notoriamente de las cuestiones que se debatan, instándoles a evitar divagaciones innecesarias, y si no atendiesen a la segunda advertencia que en tal sentido se les formule, podrá retirarles el uso de la palabra.
¿Qué puede esperar el perito informático en la vista oral del juez?
Un perito informático puede esperar del Juez o Tribunal el siguiente proceder durante la vista oral:
- Que, una vez solicitada la venia para intervenir por parte del perito forense, el Juez o Tribunal escuche su informe de forma atenta, con interés, pero impasible, sin muestras de aprobación ni desagrado.
- El juez sabrá decidir el momento oportuno para agilizar, si fuera necesario, el desarrollo de la declaración del perito informático, llamándole la atención cuando su intervención se separe notoriamente de las cuestiones que se debatan en la vista, instándole a evitar divagaciones innecesarias.
- Transmisión de confianza a través de un conocimiento pormenorizado del asunto que se examina, facilitando con ello la convicción del perito de que el mensaje llegará con claridad a su destinatario.
- El juez deberá de velar en ser respetuoso con la libertad de defensa durante las vistas.
- Igualmente, deberá ser celoso guardián de la dignidad, de la gravedad y del orden en la sala durante el acto de vista oral.
¿Qué comportamientos debería evitar siempre un juez?
Por el contrario, el juez evitará siempre caer en una serie de conductas perjudiciales para el desarrollo de las vistas orales:
- Los jueces deberán abstenerse de hablar entre si durante los informes de los peritos.
- Deberán abstenerse de despachar con el personal auxiliar asuntos que pueden y deben esperar otro momento más oportuno.
- No harán entrega o recibirán documentos o papeles ajenos a la vista oral en marcha.
- Evitarán leer, salvo que se trate de comprobar algún extremo de las diligencias. Se abstendrán de escribir salvo que tenga por finalidad recoger algún razonamiento de interés para el fallo.
- Se abstendrá de realizar muestras de aprobación o desagrado durante el informe del perito informático y, menos aún, de mirar furtivamente a las partes indicando cansancio o disgusto por la intervención de dicho perito.
- Evitará interrumpir el informe del perito informático forense únicamente para solicitar aclaración o precisión de algún concepto por parte de éste, o para reconvenirle en caso de divagar o alejarse de las cuestiones objeto del proceso.
¿Cómo será la conducta del perito informático ante el juez?
La conducta del perito informático durante su intervención en la vista oral se basará en las siguientes conductas
Claridad del perito informático en su informe
La claridad, entendida como precisión y concreción en el mensaje es fundamental para el perito informático, ya que de esta forma será más fácil la comprensión por parte de un auditorio con escaso conocimiento técnico en el ámbito de la informática y habitualmente fatigado de escuchar durante toda la jornada innumerables informes de otros profesionales. Claridad en el informe es equivalente a claridad de ideas y por tanto a una elevada argumentación del caso.
Mensaje breve y directo
Un mensaje breve, al que es inherente la claridad de ideas, es siempre recibido con agrado por el receptor, máxime, como indicamos anteriormente cuando los jueces carecen en muchos casos de conocimiento técnico en el ámbito informático y se encuentran fatigados tras atender otros casos con anterioridad.
Amenidad en el discurso
El discurso oratorio debe ser ameno y atrayente para el receptor. Para ello deberá estar bien construido, bien argumentado, centrado en el análisis de las pruebas y su valoración. Ello no basta, pues el perito forense deberá emplear los recursos comunicativos adecuados para transmitir el mensaje de forma elocuente, aplicando técnicas de comunicación oral y no oral. A todo ello hay que añadir la prohibición de leer el informe por el perito informático durante su declaración, lo que hace indispensable tener preparado de antemano el discurso.
Severidad en la exposición del perito informático
La función que la ley encomienda a los intervinientes en la Administración de Justicia define con claridad el contexto de gravedad, seriedad y decoro que debe imperar en un acto de vista oral. Acorde con ello, el perito informático, alejado de toda llaneza y ligereza en el trato, deberá acomodar su intervención a las normas de respeto y decoro.
Humildad del perito
El perito informático judicial debe alejarse de todo dogmatismo e intento de adoctrinamiento ante un juez, debiendo ser moderado, tolerante con las carencias de conocimiento técnico de su auditorio y con capacidad de escucha y atención a los signos y expresiones de los asistentes a la vista oral. Se puede ser un experto profesional, pero verdaderamente pésimo psicólogo (y por consiguiente, mediocre perito informático) quien hablando a los Jueces como si estuviese en cátedra, los enojara con la ostentación de su sabiduría y los fatigara con desusadas y engorrosas exposiciones doctrinales. La altanería, el orgullo y la petulancia son enemigos del buen perito.
Prudencia y ecuanimidad
El perito forense debe ser muy prudente en su intervención, evitando caer en conductas vehementes que le hagan perder los papeles ante el auditorio, y por consiguiente, la pérdida de toda credibilidad. El máximo exponente de la quiebra de esta regla es entrar en discusión con el Juez por cualquier razón, lo que a buen seguro no contribuirá a nuestro propósito de persuadirlo.
El perito informático frente a abogados, fiscales y otros peritos
La parte contraria es también esencial en el auditorio del perito informático durante la vista oral, aunque desde el punto de vista oratorio esté un escalón por debajo de la importancia del juez o tribunal, ya que es a éste a quien va destinado principalmente su discurso. Sin embargo, su importancia radica en que apriorísticamente su presencia condiciona la argumentación y discurso del perito forense, siendo igualmente receptor del mismo, dada su posibilidad de impugnarlo o refutarlo a través de la palabra. Igualmente no puede olvidarse que la parte contraria, sea abogado, fiscal, abogado del estado u otro perito informático, tratará de persuadir al tribunal de la bondad de su argumentación en detrimento de la nuestra.
Ante todo, respeto a las demás partes
Será obligación del perito informático colegiado, para con la parte contraria, el trato considerado y cortés, así como la abstención u omisión de cualquier acto que determine una lesión injusta para con la misma. Los peritos informáticos deben mantener recíproca lealtad, respeto mutuo y relaciones de compañerismo. En los dictámenes periciales informáticos, en los informes orales y en cualquier comunicación escrita u oral, el perito forense mantendrá siempre absoluto respeto al otro perito, caso de tratarse de una labor contrapericial, al abogado de la parte contraria y en su caso al fiscal, evitando cualquier descalificación personal.
La agresividad perjudica la postura del perito
No debe olvidarse nunca que el censurable proceder de acometer verbalmente contra otro perito informático, contra el abogado contrario o contra el fiscal, zahiriéndolo, constituye además un grave error que provoca el desagrado del tribunal, lo que motivará no sólo un inmediato apercibimiento, sino que puede afectar la credibilidad de nuestro discurso. Ni que decir tiene que el perito informático evitará realizar gestos irónicos de aprobación o desaprobación a la parte contraria o interrumpirlo o dirigirse a ella sin la venia del tribunal.
El perito informático en la vista oral con jurado
Sustancialmente, el tribunal del jurado es una forma de participación popular en la Administración de Justicia. El jurado no es un órgano permanente, sino que se constituye para cada juicio, con nueve jurados y un magistrado o magistrada pertenenciente a la carrera judicial, que lo preside. La competencia del tribunal del jurado no abarca la totalidad de delitos previstos en el Código Penal, sino que se limita a determinados tipos penales: homicidios, amenazas, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, incendios forestales, infidelidad en la custodia de documentos, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios o infidelidad en la custodia de presos.
¿Qué función tiene el jurado en un juicio?
Corresponde a los jurados declarar probados o no probados los hechos, que somete a su decisión el magistrado presidente una vez celebrada la vista oral. En consecuencia, les corresponde proclamar la culpabilidad o inculpabilidad de cada persona acusada.
Para establecer un veredicto de culpabilidad serán necesarios siete de los nueve votos del jurado y, para determinar la inculpabilidad, serán precisos cinco. En base a este veredicto, el magistrado presidente redacta la sentencia, que será absolutoria o condenatoria, determinando en este último caso la pena que procede imponer.
El jurado como auditorio del perito informático
En los juicios con jurado, el papel del jurado en el auditorio es esencial para el perito informático ya que, en este caso, es el destinatario del informe y por tanto el sujeto a persuadir y convencer durante la vista oral. La particularidad del jurado reside en que sus miembros carecen de conocimientos jurídicos, tanto generales como especiales en la materia penal sobre la que van a decidir y, por lo tanto, ante esa falta de experiencia y conocimientos, el miembro del jurado es más fácil de persuadir apelando a las emociones. Otro factor importante es que por muchas medidas de transparencia y objetividad que se puedan adoptar, los miembros del jurado van a estar de una u otra forma influidos y condicionados por la opinión pública antes y durante el desarrollo del juicio.
La vista oral es la culminación de la labor del perito
Por todo lo anterior queda meridianamente claro que la vista oral constituye la culminación de la labor de todo perito informático colegiado. No afrontar dicha vista con plenas garantías impedirá persuadir al auditorio de la pertinencia de sus conclusiones. Esta circunstancia invalida todo el trabajo forense realizado y el dictamen pericial informático.