Indalics Peritos Informáticos judiciales especialistas en prueba digital

Indalics peritos informáticos especialistas

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Indalics es el despacho de peritos informáticos líder en Andalucía

Indalics Peritos Informáticos es el despacho profesional líder en Andalucía en el ámbito del peritaje informático judicial y forense, pionero en su ámbito, con sede en la ciudad de Almería desde el año 2010, prestando servicios en toda España. Somos especialistas en prueba digital aplicada al ámbito del Derecho Informático.

Indalics es reconocido tanto por la habilidad técnica de nuestros peritos, como por sus amplios conocimientos procesales y dominio de la oratoria jurídica. Hablamos a los abogados con los que colaboramos en su propio lenguaje, complementándolos a la perfección en los procesos judiciales en los que participamos. Somos los peritos informáticos de confianza de cientos de abogados en multitud de procesos judiciales.

A diferencia de otros despachos, en Indalics estamos 100% dedicados a la actividad de peritos informáticos, no ofertando servicios en otras áreas. También, a diferencia de otros muchos, ejercemos la actividad pericial de forma completamente legal, cumpliendo la obligación por ley de que nuestros peritos informáticos estén colegiados (art. 4, Ley 12/2005 de 31 de Mayo).

Finalmente, nos distinguimos por poder aportar el visado colegial a todos nuestros peritajes informáticos, lo que nos da un plus de credibilidad ante los tribunales de justicia y frente a terceros. ¡No permitan que le estafen con visados ilegales emitidos por asociaciones!


Peritos informáticos profesionales y solventes

Perito informático profesional en el proceso judicial

El perito informático es una figura profesional bastante desconocida tanto en el ámbito jurídico como en el ámbito de la ingeniería técnica informática. A continuación le explicamos en qué consiste la labor de los profesionales de Indalics Peritos Informáticos, sus deberes profesionales, así como los requisitos legales para ejercer como perito informático ante tribunales de justicia en España.

Todos los peritos de Indalics Peritos Informáticos cuentan con la correspondiente titulación oficial habilitante y están incorporados al respectivo colegio profesional tal y como marcan las leyes para poder ejercer como peritos informáticos en España. Extreme las precauciones ante el aumento de estafas por parte de falsos profesionales que simulan estar habilitados y que pueden causarle un perjuicio enorme, toda vez que pueden ser tachados del proceso judicial, dejando sin efecto su dictamen pericial.

El perito informático es el profesional que auxilia a los tribunales de justicia para que valoren pruebas digitales. Éstas, por su complejidad técnica, pueden escapar al entendimiento del juzgador.

En los procesos judiciales se consulta al perito informático sobre aspectos de su profesión, la ingeniería técnica en informática, con carácter instrumental y al objeto de que facilite informaciones o criterios en base a sus conocimientos y experiencia. La función del perito en el proceso judicial deriva de la actividad profesional de estos expertos.

La comparecencia del perito informático se hace previa designación judicial, a iniciativa del propio juez o de alguna de las partes, asumiendo los mismos deberes que cualquier otro testigo, esto es, comparecer, declarar y decir la verdad. Respecto a estos deberes, los peritos informáticos tienen una mayor responsabilidad criminal que el simple testigo.

La labor del perito informático consiste en:

  1. Auxiliar al juzgador en la valoración de un hecho controvertido de especial complejidad a través de un peritaje informático. Éste tendrá su origen en la propia naturaleza del hecho, o en la dificultad inherente a la propia naturaleza de las pruebas digitales. Para ello elabora el correspondiente informe pericial informático.
  2. Intervenir, preservar, estudiar y documentar las evidencias digitales en las que basa su dictamen con las debidas garantías técnicas y jurídico-procesales.
  3. Asesorar a la parte que le contrata en materia de prueba digital ya antes de formular la demanda, incluso para poder decidir qué probabilidades hay de que prospere.
  4. Apoyar a la parte que le contrata de cara a exponer los alegatos técnicos en su escrito inicial. También puede ayudar a estudiar y rebatir la contestación de la parte contraria.
  5. Recomendar a la parte que le contrata la propuesta de las pruebas que el perito informático pueda recomendar.
  6. Auxiliar al letrado de  la parte que le contrata en la preparación del juicio y en la práctica de todas las pruebas, especialmente en el interrogatorio a otro perito informático.
  7. Auxiliar a la parte que le contrata cuando, conocida la sentencia, tenga que decidir sobre la oportunidad de interponer recurso. Para ello el profesional examinará los razonamientos técnicos que puedan fundamentar el fallo.

Son deberes de todo perito informático:

  • Deber de abstención de los peritos en los supuestos previstos en la ley.
  • Aceptación y juramento del cargo.
  • Obligación de comunicar un domicilio, y cualquier cambio que experimente el mismo.
  • Deber de comparecer en la sede del tribunal aunque el perito tenga su domicilio fuera de aquel.
  • Ratificar el dictamen, y formular cuantas aclaraciones se interesen sobre el mismo en la fase de vista oral.
  • Asunción del principio básico de imparcialidad cuando la ley obligue al perito a que, cuando emita dictamen, manifieste que ha actuado con la mayor objetividad posible, tomando en consideración, tanto lo que pueda favorecer, como lo que pueda ser susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes.
  • Comportarse como le obliguen las normas profesionales y deontológicas del ámbito de la ingeniería técnica informática.
  • Asunción del cargo, salvo dispensa legal, cuando se trate de designación judicial y obre el perito en las correspondientes listas oficiales.

El Real Decreto 517/2015, de 19 de junio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática y de su Consejo General, establece las titulaciones que dan acceso a la profesión de ingeniero técnico en informática, y por tanto, a la actividad de perito informático:

“a) Título universitario oficial, de conformidad con el Real Decreto 1460/1990, de 26 de octubre, por el que se establece el título universitario oficial de Ingeniero técnico en Informática de Gestión y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquel o con el Real Decreto 1461/1990, de 26 de octubre, por el que se establece el título universitario oficial de Ingeniero técnico en Informática de Sistemas y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquel, o bien título de Diplomado en Informática de conformidad con el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre.

b) Título universitario Oficial de Grado vinculado con la profesión de ingeniero técnico en informática, y que cumplan con las condiciones establecidas en el anexo II del Acuerdo del Consejo de Universidades por el que se establecen recomendaciones para la propuesta por las universidades de memorias de solicitud de títulos oficiales en los ámbitos de la Ingeniería Informática, Ingeniería Técnica Informática e Ingeniería Química, publicado mediante Resolución de 8 de junio de 2009, de la Secretaría General de Universidades.

c) Título universitario declarado equivalente a los títulos universitarios españoles de Grado vinculados con la profesión de ingeniero técnico en informática, correspondiente al campo específico Tecnologías de la información y la comunicación (TIC) del anexo II del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.”

Así pues, sólo estas 4 titulaciones oficiales y aquellos títulos oficiales extranjeros que gocen de homologación por parte del Ministerio de Universidades permiten el acceso a la profesión de ingeniero técnico y por ende a la actividad de perito informático.

Sí, es obligatorio por ley colegiarse para ejercer como perito informático en España. Dicha obligación emana del artículo 18.4. de la Constitución Española:

"4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos"

La  exigencia de colegiación por parte de los legisladores se justifica por la afectación a los derechos fundamentales que tiene la profesión de ingeniero técnico en informática, siendo el instrumendo de control más efectivo y proporcional. El preámbulo de la Ley 12/2005, de 31 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía es muy ilustrativo:

“La protección frente a abusos informáticos, el intrusismo profesional y la influencia que la nueva técnica puede ejercer en detrimento de la privacidad del ciudadano hacen indispensable la ordenación de la profesión y su control deontológico, constituyendo las razones de interés público que avalan la creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía.”

Así, el artículo 4 establece la obligatoriedad de la colegiación para ejercer la profesión de ingeniero técnico en informática, entre cuyas actividades específicas está la de perito informático:

"Para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico en Informática en Andalucía, será requisito indispensable la incorporación al Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía, sin perjuicio del respeto al principio de colegiación única establecido en la normativa básica estatal en materia de colegios profesionales, así como de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, y de la aplicación de la normativa de la Unión Europea."

Puede reconocer a un falso perito informático fácilmente. Diversas sentencias judiciales alertan ya sobre el modus operandi de estos falsos profesionales y sobre las entidades que les dan cobertura, destacando por su claridad la sentencia 96/2018 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Zaragoza:

"Todas estas personas y entidades intentan revestir su actuación de oficialidad y dan una apariencia de que tiene alguna vinculación con los Juzgados y Tribunales mediante:

  • La utilización de una denominación «perito judicial» que no se ajusta a las circunstancias de estas personas, ya que no tienen ningún tipo de vinculación específica con los Juzgados. De hecho, si se leen detenidamente la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Orgánica del Poder Judicial, esta expresión de «perito judicial» no se usa en ninguno de sus preceptos, pese a que y son muchos los artículos que se dedican a la prueba pericial.
  • La utilización de emblemas o sellos que incluyen el símbolo de la Justicia (la balanza).
  • La expedición de diplomas o certificados según los cuales, al margen de un título académico previo, habilitan -se dice- para ejercer las más diversas actuaciones como perito en los Juzgados y Tribunales.
  • La manifestación de que la realización de sus cursos habilita para ejercer la función de perito sin ningún otro requisito más que la mera realización de dicho curso, que habitualmente no exige de ningún tipo de requisito previo (título académico, colegiación profesional, etc.).
  • La utilización de la expresión «colegial» en la denominación de la correspondiente entidad, e incluso de la asignación de un «número de colegiado», que, de alguna forma, pretende hacer creer que se trata de una persona adscrita a un colegio profesional"

Extreme las precauciones ya que puede ser víctima de una estafa por parte de estos falsos profesionales.


El peritaje informático en los procesos judiciales

La labor de peritaje informático resulta bastante desconocida tanto en el ámbito jurídico como en el ámbito de la ingeniería técnica informática. Pese a ello, los peritajes informáticos son determinantes para el resultado final de multitud de procesos judiciales en todos los órdenes jurisdiccionales.

La digitalización creciente de nuestra sociedad ha hecho aparecer nuevas modalidades de delitos que se sirven de las nuevas tecnologías. Así mismo, los delitos más tradicionales se están digitalizando con rapidez para valerse de esta nueva realidad en la comisión de ilícitos de todo tipo. Los peritajes informáticos son cada vez más determinantes para el resultado final de multitud de procesos judiciales en juzgados de toda España, en todos los órdenes jurisdiccionales

Los profesionales de Indalics Peritos Informáticos están ampliamente versados en el proceso de realización de una peritación informática.

El peritaje informático es la rama de la ingeniería informática encargada de afirmar o refutar si un determinado hecho tuvo lugar. Para ello se sirve de pormenorizados estudios técnicos y/o científicos y de las técnicas y métodos propios de la disciplina. El perito informático deberá encontrar, capturar, preservar, investigar y documentar una serie de pruebas digitales en los que basar su dictamen.

El peritaje informático puede llevarse a cabo en el ámbito de un proceso judicial o como labor de auditoría y apoyo a los procesos de cumplimiento normativo (Compliance).

Se requiere un peritaje informático para que la prueba digital pueda ser aportada al proceso judicial con plenas garantías jurídicas y procesales. El peritaje informático resulta necesario en los siguientes casos:

  • Para acceder a la información de un dispositivo, porque la misma se encuentre en un soporte de difícil acceso, o bien en archivos ocultos, encriptados o eliminados. En ocasiones la pericial informática tiene como objeto acceder al contenido del dispositivo electrónico, volcando sus datos a otro soporte, que se presenta junto al informe pericial.
  • Para acreditar la autenticidad y/o integridad del contenido de la información, estableciendo de forma indudable el origen de la misma y su no alteración o manipulación, o bien para desvirtuar la concurrencia de las anteriores características, lo cual puede interesar a la parte contraria a aquélla que ha propuesto o presentado la prueba electrónica en cuestión. Hay que tener en cuenta que puede resultar importante en la acreditación de contenidos ilícitos en internet, o en acciones que atenten contra el derecho al honor o contra la intimidad de las personas.
  • Para analizar las características y circunstancias que rodean a un elemento de un sistema de información, como por ejemplo, la autenticidad y no alteración de un elemento software, fechas de modificación y creación de archivos, origen, destino, horizonte temporal y contenido de una comunicación electrónica, daños o carencias técnicas en un elemento software o hardware, etc.

Un peritaje informático consiste en la refutación o afirmación de un hecho a partir de un examen informático forense de las pruebas digitales y de las conclusiones lógicas que de él se extraigan.

El peritaje informático en un proceso judicial consta de cuatro fases claramente diferenciadas:

  1. Recopilar elementos: El perito informático deberá intervenir, preservar y documentar la obtención de las evidencias digitales susceptibles de causar efecto en su estudio. También deberá recabar documentación obrante en la causa para contextualizar su estudio, así como cualquier documento, manual, declaración o análogo que pueda resultar de interés para discernir el hecho investigado.
  2. Análisis informático forense: El perito informático aplicará una serie de técnicas y herramientas ampliamente utilizadas en el ámbito informático forense en busca de unos resultados que le ayuden a discernir si el hecho ha tenido lugar, así como a cimentar su relato fáctico.
  3. Redacción del informe pericial informático: El perito informático redactará su dictamen pericial informático en lenguaje comprensible para un tribunal de justicia, que carece de conocimientos técnicos en la materia. Así mismo, deberá fundamentar sus conclusiones en base a argumentos lógicos extraídos del análisis forense practicado. Los peritos poco profesionales se distinguen por fallar clamorosamente en su argumentación.
  4. Ratificación del dictamen en la vista oral: El perito deberá explicar en juicio oral la labor pericial realizada así como los argumentos que utiliza para sustentar sus conclusiones. Será sometido al interrogatorio de las partes, del juez o tribunal y, en su caso, del fiscal.

Cúando existe obligación de aportar un dictamen pericial como elemento probatorio sigue siendo objeto de gran controversia. Multitud de juristas defienden nunca debiera ser obligatoria la realización de un peritaje informático como único mecanismo de adveración de la prueba electrónica pudiendo alcanzar ésta valor probatorio en función de la actividad probatoria e impugnatoria de las partes y del acervo probatorio en cada caso concreto.

Sin embargo, esta postura provoca inseguridad jurídica, al no tener en cuenta las características de una prueba electrónica, y sobre todo la sencillez de su replicabilidad y manipulación. Con ello, un determinado elemento probatorio, como la impresión en papel de una comunicación electrónica, podrá alcanzar valor probatorio, o no, en función de la habilidad de los letrados de acusación y defensa, así como de la propia discrecionalidad del tribunal juzgador.

Un peritaje informático presenta importantes desafíos para su realización, debido a su naturaleza digital:

  • Falta o escasez de regulación propia y sistemática de la prueba digital en el ordenamiento jurídico español.
  • Escasa jurisprudencia respecto a la prueba de hechos digital.
  • El peritaje informático es un medio de prueba caro. No todos los bolsillos pueden pagar el coste de un examen informático forense, ni el de contratar a un perito informático colegiado para realizarlo adecuadamente.
  • El perito informático colegiado es un profesional escaso, abundando personal inexperto que intoxica a los tribunales con fundamentos totalmente carentes de base técnica o científica.
  • En el informe pericial informático se abordan materias desconocida en el ámbito jurisdiccional, y muy técnicas.
  • Dificultad para probar indubitadamente la autenticidad, integridad, fiabilidad y origen de una prueba digital.
  • El peritaje informático exige conocimientos muy específicos de materias que resultan complejas.
  • Resulta de gran dificultad presentar de forma inteligible al tribunal los resultados de una pericial informática, que debe valorarla en base a argumentos lógicos.
  • Las tesis defendidas en un peritaje informático presentan mayor dificultad para ser aceptadas por un tribunal. Las pruebas digitales en las que se basan exigen mayores garantías que con otras pruebas, fruto de su desconocimiento y de su características especialmente complejas.
  • Dificultad para conocer cómo se procesan los datos y cómo aplicar e interpretar las leyes al caso específico.
  • Por su naturaleza, las pruebas digitales son muy volátiles y pueden ser borradas o manipuladas fácilmente, lo que dificulta la labor del perito informático.
  • Resulta complejo identificar indubitadamente al autor de un ciberdelito, así como su captura por poder encontrarse en otro país.
  • No resulta sencillo ni trivial aprehender, conservar y almacenar correctamente una prueba digital para que pueda ser aportada al proceso judicial con plenas garantías.

La labor de peritaje informático está sometida a la valoración por parte del juzgador basándose en las reglas de la sana crítica, al objeto de determinar si un hecho controvertido ha tenido lugar o no. De esta forma, el perito aporta al juez los conocimientos y máximas de este sector de la técnica, de los que el juez carece. Todo buen peritaje informático debe cumplir los siguientes preceptos:

  • El peritaje informático debe expresar el método científico utilizado y las operaciones llevadas a cabo, así como la específica titulación y currículum del perito, relacionados con el objeto de la pericia. A la vista de ello el juez puede valorar la fiabilidad del perito y de su labor pericial, teniendo en cuenta las alegaciones de las partes y otras posibles pruebas.
  • El peritaje informático ha de fijar los hechos de los que parte el estudio, describiendo la fuente de conocimiento utilizada. Estos hechos podrán ser objeto de comprobación por otros medios probatorios, siendo de vital importancia que en el informe pericial aparezcan reflejados aquellos elementos de los que se infiera o demuestre la autenticidad e integridad de los datos que contienen.
  • El peritaje informático establecerá conclusiones claras y comprensibles respecto de su objeto. El juez podrá valorar estas conclusiones atendiendo a razones objetivas que se lleven a la motivación de la sentencia.


Indalics Peritos Informáticos Pedro De La Torre

Soy Pedro De La Torre Rodríguez, perito judicial informático colegiado nº 20090318-B del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía. Perito titular del despacho profesional Indalics Peritos Informáticos desde el año 2010. Con amplios conocimientos jurídicos y técnicos, estoy legalmente habilitado para actuar ante tribunales de justicia de toda España.

Mi trabajo como perito informático consiste en examinar pruebas de carácter informático para ayudar a los tribunales a valorarlas en el marco de un proceso judicial. Estas pruebas pueden ser tanto ficheros informáticos como proyectos técnicos, planos y diversa documentación técnica que puede resultar difícil de comprender para un profano en la materia. Algunas de mis labores son:

  • Establecer el origen, autenticidad e integridad de pruebas digitales
  • Examinar de documentación técnica informática
  • Dictaminar sobre cumplimiento de normativa y praxis profesional: Compliance informático
  • Realizar el volcado de datos y preservación de evidencias informáticas estableciendo cadena de custodia digital
  • Auditar el estado de infraestructuras y proyectos informáticos
  • Realizar valoraciones económicas de diversa índole en el ámbito informático
  • Resolver consultas técnicas y realizar estudios técnicos de diversa índole sobre casuísticas concretas sometidas a dictamen

Para ser perito informático hay que contar con una gran preparación, además del título oficial habilitante que exige la ley, que en mi caso es ingeniería técnica informática, especialidad en sistemas. No resulta extraño contar con formación avanzada en gestión de empresas, economía y derecho, además de en ingeniería informática. No deje de consultar mi extenso currículum al respecto

El coste de mis servicios como perito judicial informático varía según la casuística concreta del caso así como de:

  • Impacto y complejidad de la problemática a abordar: desde análisis de un correo electrónico hasta el examen de la infraestructura informática de una compañía o institución pública.
  • Grado de responsabilidad a asumir por el perito judicial informático tanto ante el cliente como ante terceros.
  • Complejidad y especificidad de la materia a abordar.
  • Alcance y volumen de los servicios a realizar: desplazamientos, trabajo de campo a realizar y horas de trabajo.
  • Plazos para la realización de los servicios requeridos al perito judicial informático.
  • Concurso con otros profesionales en el marco de trabajos multidisciplinares de gran complejidad.
  • Según el destino de los trabajos periciales: para presentación en tribunales de justicia o ante administraciones públicas, en procesos de mediación con terceros, para consumo de personal interno y mejora operativa, control interno de riesgos, garantías a terceros, etc…

Indalics es su despacho pericial de confianza

Indalics Peritos Informáticos es el despacho profesional que necesita. Una estrecha colaboración entre abogados y peritos informáticos resulta fundamental para obtener resultados óptimos en cualquier proceso judicial. Aportamos amplios conocimientos técnicos y periciales, siempre desde una óptica legal y procesal adaptada a su caso concreto.

Desde Indalics Peritos Informáticos contemplamos a diario el problema que supone para un abogado no saber por dónde empezar a buscar a un perito informático forense cuando necesita de un peritaje informático en un proceso judicial, o cometer el grave error de contratar a un perito que carece de la habilitación legal necesaria para actuar ante un tribunal de justicia, o no encaja con la especialización que está buscando.

Estas son algunas de las circunstancias que nos convierten en peritos informáticos de total confianza:

  1. Estamos legalmente habilitados para la tarea. Todos nuestros profesionales poseen la titulación oficial habilitante y están colegiados.
  2. Todos nuestros peritos informáticos están debidamente cualificados para la tarea encomendada y poseen acreditada solvencia técnica.
  3. Nuestros profesionales dominan el lenguaje, redactando informes periciales que puedan ser entendidos por profanos en la materia.
  4. Nuestros peritos han sido formados en técnicas de oratoria en ámbito jurídico como para afrontar con garantías una vista oral.
  5. Nuestros peritos informáticos están completamente habituados a procesos judiciales de toda índole, pudiendo apoyar a su letrado/a en lo que necesite.

La necesidad creciente de colaboración entre abogados y peritos informáticos, debido al aumento de la incidencia de las pruebas digitales, ha provocado un auge de técnicos en informática que han visto en el peritaje informático una salida laboral, sin estar preparados para desarrollar una profesión que requiere mucho más que hacer un curso on line o saber usar software de informática forense.

Este gran aumento de oferta de peritos informáticos sin preparación, ni habilitación legal, ha provocado que muchos casos no salgan como se esperaba, dañándose los intereses del abogado y del cliente porque no se han defendido con garantías sus derechos por el profesional adecuado. Realizar un peritaje informático requiere, por Ley, poseer la titulación oficial correspondiente y pertenecer a un colegio profesional de ingeniería técnica informática.

El problema para un abogado radica en no saber distinguir los peritos informáticos de confianza respecto de no habilitados para ejercer, delegando en muchas ocasiones la elección en su cliente, que va absolutamente a ciegas, buscando en Internet aquel que sea más barato, que, obviamente, no suele tener titulación ni habilitación legal.

En un sector tan específico y complejo como el de las nuevas tecnologías, es fácil caer en el error de contratar a un perito informático forense que no reúne las cualidades necesarias ni está suficientemente preparado para hacerse cargo de una de las partes fundamentales del procedimiento, como es la prueba pericial. Estos son algunos de los errores más frecuentes:

  • Elegir un profesional sin titulación oficial de informática.
  • No comprobar que el perito informático elegido esté colegiado
  • No asegurarse de que el perito informático elegido sea especialista en la materia.
  • Utilizar el criterio económico exclusivamente para elegir a un perito informático
  • Como abogado nunca delegue en un gabinete pericial informático
  • No asegurarse de que el perito informático domina la parte jurídica y procesal de su trabajo
  • No contar con el perito informático para diseñar la estrategia procesal

Desde Indalics Peritos Informáticos le recomendamos que lo busque con tiempo y que jamás delegue algo tan fundamental. Cuente con un despacho de confianza como partner técnico. En caso contrario, aquí tiene algunas pautas para saber qué perito informático contratar:

  • Descarte los peritos informáticos generalistas y apueste por especialistas
  • Investigue la trayectoria profesional del perito informático
  • Como abogado, valore la suma de conocimientos técnicos y jurídicos del perito.
  • Pruebe a abordar la problemática con el perito y compruebe si le aporta una solución inteligible para un profano en la materia. Si no lo entiende usted como letrado, menos lo entenderá el tribunal.
  • Apueste por soluciones lo más sencillas posibles. Si el perito comienza a hablar con exceso de tecnicismos, huya.

Indalics, los peritos informáticos que necesita

Elegir el perito informático judicial que necesita su despacho de abogados puede resultar una tarea ardua y compleja que deberá acometer, ya que es muy probable que en algún momento necesite aportar una prueba digital a un proceso judicial. Compruebe por qué elegir a Indalics Peritos Informáticos es siempre un acierto y qué criterios le pueden guiar en su elección

Desde Indalics Peritos Informáticos acercamos la ingeniería informática a los juristas, haciendo comprensibles conceptos técnicos y de ingeniería complejos y desconocidos para legos en la materia. Incluso llegamos a impartir formación a juristas en aspectos tales como la prueba pericial informática o la prueba digital, con notable éxito y reconocimiento.

Indalics Peritos Informáticos ha intervenido en procesos judiciales de todos los órdenes jurisdiccionales, siendo muy reconocidos por múltiples despachos de abogados en el campo de la defensa penal y la contraperitación informática, tanto de peritos de contrario como respecto de atestados de policía judicial.

Así mismo, estamos muy bien valorados en procesos civiles por defectos de software y daños ocasionados por malas praxis en el ámbito de las tecnologías de la información y de la comunicación.

En procesos mercantiles, se nos suele requerir para tasar el valor económico de las infraestructuras informáticas objeto de controversia o en proceso de liquidación de una empresa. Concurrimos también en pleitos por vulneración de la propiedad intelectual relativa a licencias de software pirata y para valorar la cuantía de los daños y perjuicios ocasionados.

En procesos contenciosos se nos requiere para valorar económicamente la ejecución de proyectos sujetos a financiación pública, con el fin de justificar las subvenciones, entre otros menesteres. También para dictaminar sobre licitaciones informáticas o la posible manipulación de documentos en expedientes públicos.

Por último, en el ámbito laboral se nos requiere tanto para auditar el uso de herramientas informáticas por parte de trabajadores como para validar pruebas de hechos plasmadas en fotografías, vídeos, audios y comunicaciones electrónicas de índole corporativo.

Numerosos letrados experimentan a diario el impacto creciente de las pruebas de origen digital para probar hechos de toda índole. Es ya raro que en un proceso judicial no se aporten correos electrónicos, fotografías, documentos en formato digital, sonido o vídeo. Por no mencionar procedimientos con un alto componente informático, como los relativos a ciberdelitos o a malas praxis informáticas con daños y perjuicios.

Dado que todas estas pruebas pueden ser fácilmente manipuladas y que la materia resulta extraña y difícil para los tribunales de justicia y juristas en general, se hace muy necesario el concurso de peritos informáticos especialistas en cada una de las materias a abordar. En Indalics Peritos Informáticos contamos con personal especializado en multitud de vertientes dentro de la informática forense y de las materias propias de la ingeniería técnica informática.

Todos los profesionales de Indalics Peritos Informáticos son ingenieros técnicos en informática colegiados, tal y como exige la normativa vigente. Por ley, la competencia exclusiva para ejercer como perito informático es de los ingenieros técnicos en informática, siendo incluso obligatoria la colegiación, por Ley, en Andalucía, Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana, Galicia e Islas Canarias.

Muchos despachos de abogados y clientes desconocen este aspecto, siendo engañados por falsos profesionales que incluso llegan a hacerse pasar por peritos informáticos judiciales colegiados, cuando realmente pertenecen a asociaciones de derecho privado y carecen de titulación oficial. También tratan de engañar a los incautos aportando numerosos títulos de especialización, no oficiales, que carecen de toda validez legal. Tenga cuidado porque puede ser víctima de estafa, sufriendo muy graves perjuicios, siendo el menos grave que no se tenga en cuenta la prueba pericial aportada.

Todos los trabajos de nuestros peritos informáticos son susceptibles de obtener el visado colegial, lo que aumenta su credibilidad ante los tribunales de justicia. Con este visado, un Colegio Profesional certifica a terceros que el perito cumple con todos los requisitos legales para realizar la actividad, que no está inhabilitado para ejercer como perito informático y que el dictamen pericial es formalmente correcto y cumple con la normativa de aplicación al trabajo en cuestión.

Así mismo, Indalics Peritos Informáticos es reconocido tanto por la habilidad técnica de nuestros peritos, como por sus amplios conocimientos procesales y dominio de la oratoria jurídica. Hablamos a los juristas con los que colaboramos en su propio lenguaje, complementándolos a la perfección en los procesos judiciales en los que participamos.

Todos los profesionales de Indalics Peritos Informáticos están obligados a la observancia del más estricto secreto profesional en el marco de la prestación de servicios periciales. En caso de vulnerar dicho secreto el profesional se enfrenta a proceso disciplinario por vulneración de la deontología profesional e incluso a la inhabilitación para el ejercicio como perito informático judicial.

Nos preciamos de aportar la más absoluta discreción a nuestros clientes, dadas las materias de muy alta sensibilidad que debemos abordar. Aportamos también las medidas de seguridad necesarias para una adecuada custodia de la información, así como a su consiguiente destrucción una vez concluido el procedimiento.


Peritos informáticos especialistas en prueba digital e informática forense

peritos especializados en informática forense

Los profesionales de Indalics Peritos Informáticos están ampliamente formados en técnicas de informática forense al objeto de adquirir, preservar, analizar y documentar las pruebas digitales que intervienen en hechos controvertidos objeto de litigio. La casuística particular de las evidencias digitales y la forma errónea de tratar estos elementos de prueba están generando una gran inseguridad jurídica. Por este motivo resulta fundamental contar con peritos informáticos especializados a la hora de fundamentar correctamente y con garantías un proceso judicial.

La informática forense es la rama de la informática que aglutina todos los conocimientos científicos y técnicos destinados a explicar un determinado hecho o suceso del pasado, de forma palpable o inferida, mediante la aprehensión, conservación, análisis y documentación de información relativa a elementos hardware y/o software.

La informática forense es esencial en el ámbito judicial para:

  • Investigar una serie de sucesos, descartando o no que hayan tenido lugar.
  • Intervenir evidencias digitales demostrativas de los hechos investigados con plenas garantías procesales.
  • Preservar dichas evidencias inalteradas para ponerlas a disposición tanto de tribunales de justicia como de especialistas en otros ámbitos de la informática.
  • Analizar con sustento técnico las evidencias intervenidas, al objeto de sustentar el estudio de los hechos que el perito informático debía investigar.

El proceso de investigación forense informática se compone de 5 fases:

  1. Adquisición
  2. Preservación
  3. Análisis
  4. Documentación
  5. Presentación

Esta estructura ayuda a establecer un dictamen pericial estandarizado, facilitando que las técnicas de informática forense utilizadas puedan ser verificadas y reproducidas por cualquier perito informático.

La cadena de custodia de una prueba digital es el procedimiento de informática forense, oportunamente documentado, que permite constatar el origen, autenticidad e integridad del elemento digital demostrativo de un hecho relevante para el proceso judicial, desde que es encontrado e intervenido hasta que se procede a su posterior análisis. En el ámbito de la informática forense resulta fundamental si se requiere acudir a tribunales de justicia para dirimir responsabilidades y daños informáticos causados por terceros.

La garantía de la cadena de custodia aplicada a la evidencia digital, se realiza mediante la acreditación de la autenticidad del origen y la integridad del contenido. Las dudas que pueda tener un tribunal de justicia respecto de estos dos requisitos serán determinantes para la denegación de la eficacia probatoria de los datos incautados por el perito informático.

Peritos informáticos especialistas en prueba digital

La digitalización de las relaciones sociales y medios de comunicación está haciendo que aumente la aparición de la prueba digital en procesos judiciales de todos los órdenes jurisdiccionales. Sin embargo, su casuística particular y la forma errónea de tratar estos elementos de prueba están generando una gran inseguridad jurídica. Por este motivo los peritos de Indalics Peritos Informáticos resultan fundamentales en procesos judiciales en los que aparecen estos elementos de prueba, a la hora de fundamentar correctamente la pretensión de nuestros clientes ante el tribunal.

Prueba digital es toda aquella información digital acreditativa de la realidad de un hecho afirmado por las partes y que resulta relevante para el objeto del proceso judicial.

La información digital se encuentra almacenada en formato binario, a través de un sistema que transforma impulsos eléctricos o fotosensibles  y, por cuya descomposición y recomposición informática grabada en un formato electrónico, genera y almacena la información. Así mismo, hay que diferenciar entre lo almacenado y lo exteriorizado, que es fruto de la transformación de la información digital almacenada, mediante procesos informáticos, a un formato inteligible por el ser humano.

Toda prueba digital tiene las siguientes características:

  • Intangible: La prueba digital es intangible, no pudiendo apreciarse directamente a través de los sentidos, sino mediante complejos procesos informáticos.
  • Replicable: La prueba digital se encuentra en formato digital, pudiéndose copiar o replicar tantas veces como se desee. Con ello se plantea el problema de distinción de la originalidad, el cual se declara como trivial para su adquisición de fuerza probatoria si se puede acreditar indubitadamente que original y copia son exactos, bit a bit.
  • Volátil: La prueba digital es mudable, inconstante por su propia naturaleza intangible, y especialmente sujeta a la posibilidad de modificación o alteración, lo que añade especial complejidad para que una prueba digital adquiera capacidad probatoria.
  • Deleble: La prueba digital puede ser fácilmente destruida, no siendo necesaria la destrucción del soporte digital que la contiene.
  • Parcial: En ocasiones, la prueba digital está formada por múltiples ficheros informáticos, repartidos en distintos soportes digitales y localizaciones, como por ejemplo un sistema de información en la nube, lo que añade todavía más complejidad en su aprehensión y preservación.

Frente a los elementos de prueba tradicionales, la prueba digital presenta importantes inconvenientes de cara a obtener valor probatorio:

  • Falta o escasez de regulación propia y sistemática en el ordenamiento jurídico español.
  • Escasa jurisprudencia al respecto.
  • Materia desconocida en el ámbito jurisdiccional y muy técnica, en la que no existen muchos expertos.
  • Exige conocimientos muy específicos.
  • Dificultad de presentar al tribunal de forma comprensible.
  • Mayor dificultad de que una evidencia digital sea aceptada como prueba por un tribunal, dado que éstos exigen mayores garantías que con otras pruebas, fruto de su desconocimiento y de las características especialmente complejas inherentes a este tipo de elementos.
  • Falta de infraestructura técnica en las dependencias judiciales para reproducir los distintos soportes en los que se encuentra almacenada la evidencia.
  • Alto coste económico de examinar e interpretar la información contenida en una prueba digital.
  • Dificultad para conocer cómo se procesan los datos y cómo se interpretan las leyes procesales específicas.
  • Dificultad para probar indubitadamente la autenticidad, integridad, fiabilidad y origen de la prueba digital.
  • Volatilidad de los datos y facilidad de manipulación.
  • Dificultad para identificar indubitadamente al autor del delito que se haya cometido usando medios informáticos para su comisión.
  • Dificultad para aprehender, conservar y almacenar correctamente una prueba digital para que pueda ser aportada al proceso judicial con plenas garantías.
  • Dificultad para establecer el valor jurídico de la prueba digital.

La primera fase consiste en la obtención de los datos producidos, almacenados o transmitidos, mediante el acceso a las fuentes de prueba digital antes de su incorporación al proceso.

La segunda fase radica en la incorporación al proceso de los datos que sean relevantes para la acreditación de los hechos, existiendo tres tipos de requisitos:

  • Pertinencia y necesidad de la prueba digital respecto del hecho controvertido objeto de la causa.
  • Licitud, entendida como el respeto a los derechos fundamentales y a la normativa de aplicación durante la práctica del medio probatorio.
  • Cumplimiento de los requisitos exigibles por las leyes procesales, es decir, que la prueba digital acceda al proceso de acuerdo al procedimiento probatorio contemplado para el respectivo orden jurisdiccional al objeto de ejercitar válidamente el derecho a la prueba.

La tercera fase consiste en la valoración de los datos por el juzgador. Si se han respetado las dos fases anteriores, la prueba digital podrá desplegar eficacia probatoria y ser valorada por el juzgador a través del dictamen pericial elaborado por perito informático legalmente habilitado.

Vistas las carácterísticas propias de las pruebas digitales y las fases por las que pasa la prueba digital hasta adquirir fuerza probatoria, hay ciertos errores que se cometen de forma recurrente, por desconocimiento, en muchos tribunales de justicia en España:

  • No conceden importancia a la cadena de custodia de la prueba digital, al desconocer la facilidad con la que una prueba digital puede ser manipulada. En muchos casos sólo se examina el precintado de los soportes físicos (ordenadores, discos duros, USBs, móviles), pero no de su contenido, el cual puede ser alterado sin romper esos precintos físicos.
  • Tratan las pruebas digitales como si fueran pruebas documentales, y no lo son, confundiendo su representación impresa con la prueba en sí misma, lo que genera no poco vacío alrededor del origen y autenticidad de esa prueba, y posibilita la introducción de pruebas falsas en procesos de todo tipo.
  • Al hilo de lo anterior, una prueba digital no puede ser adverada por un fedatario público, dado que la prueba digital en sí no es directamente apreciable a través de los sentidos sino mediante un proceso informático intermedio que transforma los bits en un formato inteligible por el ser humano. Ese proceso intermedio puede ser manipulado fácilmente, requiriendo su examen conocimientos informáticos, por lo que es imprescindible el concurso de un perito informático.
  • Eximen a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado del deber de acreditar origen, autenticidad e integridad de las pruebas digitales incautadas, dando casi siempre por cierta la simple palabra del agente, aún no gozando de presunción de veracidad, en la creencia de una formación técnica superior que, realmente, muy pocos poseen. Así mismo al confrontar opiniones técnicas un agente y un perito informático, suele darse a priori mayor credibilidad al primero, aún siendo superior la cualificación del segundo y no siendo el atestado, por sí mismo, una prueba pericial.

Peritos informáticos para una Justicia del s.XXI

Derecho digital en el s. XXI

El Derecho Digital está suponiendo un gran desafío tanto para abogados, como para el resto de agentes jurídicos: jueces, fiscales y letrados de la Administración de Justicia. Desde Indalics Peritos Informáticos ayudamos a despachos de abogados de toda España en procedimientos judiciales con un fuerte componente digital, en cualquiera de los órdenes jurisdiccionales.

El derecho digital es la rama del Derecho encargada de conocer la legislación y las regulaciones jurídicas que se han ido desarrollando como consecuencia de la amplia irrupción de la informática y las telecomunicaciones en la sociedad actual, al objeto de regular su buen uso.

El Derecho digital se ha ido configurando como una especialización del Derecho, puesto que abarca diferentes ámbitos o campos de estudio, relacionados con diferentes usos de la informática y las telecomunicaciones, así como de las propias ramas del Derecho, como por ejemplo:

  • Protección de datos de carácter personal y privacidad
  • Derecho laboral en relación con el teletrabajo, la desconexión digital, el control empresarial, etc.
  • Ciberseguridad
  • Delitos informáticos
  • Protección de la propiedad intelectual de contenidos digitales
  • Blockchain (smart contracts, criptoactivos)
  • Gestión y protección de dominios web y aplicaciones
  • Transformación digital de organizaciones
  • E-commerce
  • Reputación corporativa online
  • Ciberespionaje
  • Compliance tecnológico

Así mismo, la informática forense y el peritaje informático también forman parte de este ámbito, requiriendo de la colaboración de un perito informático que lleve a cabo este tipo de tareas para esclarecer los hechos y reunir pruebas procesalmente válidas.

La mayoría de juristas están teniendo problemas para afrontar los cambios que la Revolución Digital está provocando en el ejercicio del Derecho y en el propio funcionamiento de la Administración de Justicia. La informatización exponencial de nuestra sociedad sitúa a los despachos de abogados ante el desafío que supone el derechodigital, derivado de una nueva frontera de la prueba, nuevos usos y costumbres de la ciudadanía, nuevos entornos laborales, infraestructuras informáticas y dispositivos electrónicos de gran complejidad, utilizados de forma masiva, y una normativa fragmentada, incompleta y en muchos casos inexistente, lo que provoca una elevada inseguridad jurídica

En los procesos laborales, serán relevantes para los despachos de abogados los mensajes de correo electrónico o de mensajería enviados o recibidos por el trabajador y que puedan resultar acreditativos de su conducta durante la jornada laboral, o para acreditar la sustracción de datos, o el acceso irregular a información empresarial reservada. También puede ser de interés el registro de dispositivos informáticos para la acreditación de conductas fraudulentas, tales como competencia desleal, sustracción de información, daños o sabotajes informáticos. Incluso el historial de entrada en páginas web ajenas al objeto del trabajo durante la jornada laboral o la prueba de la utilización para usos particulares de aquellos instrumentos digitales o multimedia proporcionados por la empresa como elemento de trabajo. Será fundamental que un perito informático certifique el origen y autenticidad de estas pruebas.

En los procesos civiles, podrá tener interés para los letrados acreditar las conversaciones mediante mail o mensajería instantánea que puedan contribuir a probar los acuerdos y el cumplimiento de los convenios entre las partes, o bien de los contenidos ilícitos en Internet, como violaciones de la propiedad industrial e intelectual. Las partes pueden aportar facturas electrónicas como prueba de la entrega de bienes o la prestación de servicios en el seno de la contratación. También pueden presentar la copia de seguridad de una web o de un sistema informático que tenga taras o defectos, al objeto de acreditar vulneraciones contractuales o manipulación de la facturación y contabilidad, siendo preceptiva una auditoría informática.

En los procesos mercantiles, el perito informático suele tener que determinar el valor económico de una determinada infraestructura informática, ya sea software o hardware. Acreditar debidamente este extremo resulta fundamental, por ejemplo, para el proceso de liquidación de una empresa, así como para determinar el valor concreto de una infraestructura TIC como parte de los activos de una compañía. También resulta fundamental en casos de vulneración de propiedad intelectual por pirateo de software.

En los procedimientos de divorcio, puede interesar a una de las partes la incorporación al proceso de los mensajes intercambiados por los cónyuges a través de Whatsapp o mediante correo electrónico. En procedimientos tramitados por juzgados de violencia de género, los mensajes de correo electrónico o de Whatsapp pueden servir para acreditar la existencia de expresiones amenazantes o injuriosas, o incluso para demostrar la concurrencia de una situación de riesgo habilitadora de una orden de protección de la víctima.

Muchos despachos de abogados cometen el error tanto de aportarlos impresos en papel como de no impugnarlos de contrario por la enorme sencillez con la que puede fabricarse dichos elementos de forma ficticia. La facilidad con la que se pueden aportar pruebas falsas es una realidad que el Derecho Digital no puede soslayar.

La prueba electrónica es esencial en los procesos por ciberdelitos como cracking, pishing, hacking, ciberbullying, ciberterrorismo o exaltación en internet del terrorismo y delitos de odio. Además son cada vez más frecuentes las pruebas electrónicas en la investigación de todo tipo de infracciones penales, como el tráfico de drogas y otros cometidos por crimen organizado, o los delitos económicos y financieros, pudiendo estar también presentes en la totalidad del Código Penal.

Estos son solamente algunos ejemplos rápidos de prueba digital que aparecen en los distintos procedimientos, pero las posibilidades son mucho mayores, afectando potencialmente a todos los sectores de la vida social y económica. Por ello, todo especialista en Derecho Digital deberá ser capaz de gestionar pruebas electrónicas a aportar en una causa, así como para impugnar o establecer dudas respecto de las que aporte la parte contraria con el fin de desvirtuarlas.


Servicios profesionales prestados desde Indalics Peritos Informáticos

Servicios periciales de Indalics para su despacho jurídico

Debido a la complejidad técnica que la digitalización social y económica provoca, se hace indispensable contar con un despacho pericial informático de confianza que preste servicios periciales para su despacho de abogados, dando soporte a su bufete y complementando las habilidades jurídicas de sus letrados desde una perspectiva técnica. En Indalics somos peritos informáticos profesionales especializados en prestar servicios a despachos de abogados que deberán lidiar con pruebas digitales en procesos judiciales de toda índole. Les ayudamos a afrontar tanto casuísticas tradicionales llevadas a cabo en entornos digitales como nuevas casuísticas fruto de este s. XXI.

  • Fraudes y estafas digitales. Especializados en casos de suplantación de facturas por correo electrónico y en fraudes bancarios digitales con sustracción del dinero en cuenta corriente.
  • Estudios de contraste frente a cotejos judiciales atestados policiales y dictámenes periciales de contrario en procesos penales de todo tipo.
  • Examen de publicaciones en webs y redes sociales de hechos supuestamente delictivos, así como el momento de su publicación y grado de difusión.
  • Personación en sede judicial para volcado forense de datos ante letrado de la Administración de Justicia.
  • Intervenciones en procesos tales como injurias y calumnias, distribución de pornografía infantil, piratería informática, violencia de género, vulneración del secreto de las comunicaciones, daños informáticos, acoso digital, sexting y un largo etcétera.

Jurisdicción Social

  • Fundamentación técnica de los hechos objetivos recogidos en carta de despido al trabajador.
  • Estudios de contraste frente a las pruebas aportadas por la empresa como justificativas del despido.
  • Estudio forense de la actividad del trabajador y uso de herramientas digitales para el desempeño de su labor.
  • Examen de adecuación y proporcionalidad técnica de las medidas de control digital establecidas por la empresa para controlar la actividad de los trabajadores.
  • Peritación de comunicaciones electrónicas efectuadas en el marco de la relación laboral o bien estudio de contraste de las mismas.
  • Estudio de autenticidad y no manipulación respecto de vídeos, fotografías, audios o cualquier otro elemento de apoyo a declaración de testigos.

Jurisdicción civil

  • Reclamaciones de cantidad por suplantación de facturas digitales
  • Análisis técnico de infraestructuras informáticas en el ámbito empresarial para determinar o descartar taras, defectos y malas praxis cometidas por la empresa proveedora.
  • Valoración económica de infraestructuras informáticas en concursos de acreedores, justificación de activos o para venta y adquisición de tecnología.
  • Análisis de comunicaciones electrónicas para justificar la contratación tácita de servicios o la celebración de contratos digitales.
  • Justificación de cumplimiento o incumplimiento de la «Lex Artis» informática durante la prestación de servicios informáticos y en su caso valoración económica de daños y perjuicios.
  • Estudios sobre autenticidad e integridad de pruebas digitales aportadas como prueba en procesos civiles de todo tipo: mails, fotografías, vídeos, whatsapps, etc…

Contencioso-Administrativo

  • Dictamen sobre cumplimiento de requisitos de sistemas ERP y de facturación y contabilidad, respecto de los requisitos legales establecidos en la normativa antifraude.
  • Examen de pliegos técnicos informáticos para ofertas públicas y licitaciones, tanto desde la perspectiva técnica como de la habilitación legal de la persona autora del pliego.
  • Estudios de contraste frente a inspecciones tributarias con intervención de equipos informáticos y pruebas digitales.
  • Peritación de estado de portales web públicos, datos abiertos publicados y autenticidad y validez de firma digital de documentos oficiales electrónicos.
  • Examen de contraste respecto de los registros y elementos justificativos aportados por la Administración relativos a comunicaciones electrónicas y registro y presentación de documentos electrónicos.

Nuestros servicios de peritaje informático constan de las siguientes fases:

  1. Estudio de la casuística concreta de su litigio
  2. Examen de documentación técnica
  3. Intervención y preservación de pruebas digitales
  4. Análisis forense informático
  5. Redacción y firma del informe pericial informático
  6. Obtención del visado colegial
  7. Preparación de la declaración ante el tribunal
  8. Ratificación del informe en vista oral

Los servicios de peritaje informático ofertados desde Indalics están adscritos a la marca colectiva de calidad «Informáticos de Andalucía», certificando que están prestados por un perito informático colegiado y que por tanto cumple con los requisitos legales para ejercer la actividad. Ello añade un plus de seguridad y tranquilidad a nuestros clientes y un fácil reconocimiento de tal extremo ante terceros, con una Corporación de Derecho público que vela por la correcta prestación de servicios.

Esta marca colectiva de calidad ha sido registrada ante la Oficina Española de Patentes y Marcas por el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía, con el fin de identificar fácilmente en el mercado los servicios prestados por ingenieros técnicos en informática colegiados. Todos nuestros servicios de peritaje informático cumplen los más altos estándares de calidad.

Podrá contratar los servicios de peritaje informático de Indalics Peritos Informáticos siguiendo estos sencillos pasos:

  1. Explíquenos someramente la casuística de su caso
  2. Apórtenos documentación técnica suficiente para evaluar su caso
  3. Emisión de presupuesto detallado
  4. Aceptación de presupuesto, firma de hoja de encargo y provisión de fondos
  5. Realización de los trabajos periciales informáticos
  6. Ratificación ante el tribunal

El precio de los servicios de Indalics Peritos Informáticos varía según la casuística del caso concreto. Al objeto de tarificar el coste de trabajos periciales informáticos se tienen en cuenta:

  • La complejidad del proceso judicial en la que intervendrá el perito, requiriendo un mayor o menor estudio de situación y probatorio.
  • La complejidad de la documentación técnica a examinar, así como la casuística concreta en la que se deberá intervenir.
  • La complejidad técnica del análisis forense informático a llevar a cabo.
  • La cantidad y tipo de fuentes de prueba digital a examinar e intervenir.
  • El orden jurisdiccional en el que se encuadre el proceso judicial.
  • La gravedad del procedimiento (años de prisión o cuantía), que determinará una mayor o menor responsabilidad profesional.
  • Si la ratificación del perito informático será telemática o requerirá desplazamiento presencial.

Si obtiene otro presupuesto de servicios de peritaje informático a un precio muy inferior al que le proporcionemos, desconfíe inmediatamente porque puede estar siendo víctima de un falso perito informático, que tratará de engañarle de la siguiente manera:

  • Le mostrarán un carnet profesional emitido por una asociación de peritos informáticos. Incluso llegarán a mostrarle una placa de perito, lo cual está absolutamente prohibido.
  • Les dirán que están colegiados, pero no le mostrarán ni certificado de alta colegial ni carnet emitido por un Colegio Profesional, sino un sello con un acrónimo.
  • El falso perito informático le mostrará diplomas de universidades extranjeras, pero no el certificado de homologación expedido por el Ministerio de Universidades
  • Cursos expertos en informática forense emitidos por universidades españolas, diciéndoles que se trata de diplomas oficiales que les habilitan para ejercer como peritos informáticos, cuando realmente son títulos propios sin valor legal alguno.

Indalics en las Almadrabillas, espejo del mar de Almería

Las oficinas de Indalics Peritos Informáticos se sitúan en las Almadrabillas, Espejo de Almería. Le atenderemos en nuestras céntricas oficinas situadas en C/ Montellano nº 3, 1-4 (Edif. Jardín del Mar), intersección con la C/ Abogado de Oficio, frente a la Comandancia de la Guardia Civil de Almería, la Estación Intermodal y a escasa distancia de la Ciudad de la Justicia de Almería.

En una envidiable ubicación, junto al Puerto Deportivo de Almería y el Club de Mar, Centro Deportivo Almadrabillas y el Cable Inglés, nuestras oficinas aúnan una disposición céntrica, excelentes comunicaciones y facilidad de acceso, con un entorno paisajístico envidiable en plena bahía de Almería, auténtico Espejo del Mar del que Almería.


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Estaremos encantados de escuchar su problemática y a ayudarle a resolver cualquier duda o pregunta, en horario de 09:00h a 14:00h y de 17:00h a 20:00h, de lunes a viernes.

Si lo prefiere, solicite cita previa y le recibiremos en nuestras instalaciones situadas en Jardín del Mar (zona Almadrabillas), más concretamente en la C/ Montellano nº 3, 1-D, intersección con C/ Abogado de Oficio (Almería).

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