
El informe pericial informático es un medio de prueba reconocido legalmente, con una casuística propia derivada de la complejidad inherente a toda prueba digital, la dificultad de elaborar un informe técnico inteligible por profanos y, finalmente, la capacidad de explicarlo de forma clara y concisa ante un tribunal.
¿Qué es un informe pericial informático?
Un informe pericial informático es el documento de prueba en el que un perito informático explica y realiza una reflexión sobre los elementos digitales estudiados para fundamentar la resolución de un juez sobre hechos controvertidos y de elevada complejidad técnica. En él se recogen tanto la labor informática forense documentada como el razonamiento lógico seguido por el perito informático para fundamentar sus conclusiones, las cuales valorará el tribunal de acuerdo a las reglas de la sana crítica.
El informe pericial informático es una prueba personal documentada compuesta por un estudio forense informático, la elaboración de un informe pericial y la comparecencia del perito ante el tribunal. Consiste en la averiguación de alguna circunstancia relevante relacionada con el hecho objeto de controversia mediante la aplicación de especiales conocimientos técnicos o científicos en el ámbito de la ingeniería informática.
¿Para qué sirve un informe pericial informático?

El informe pericial informático sirve para la averiguación o apreciación de alguna circunstancia relevante relacionada con el hecho objeto de controversia en un proceso judicial. Consiste en la aplicación de especiales conocimientos técnicos y científicos en el ámbito de la informática, de los que el juzgador carece, con el fin de ayudarle a valorar con precisión los hechos.
No obstante, estos conocimientos no pueden sustituir la decisión del juzgador, ni imponerse a ella, pues el perito informático es un auxiliar del ejercicio de la función jurisdiccional y no alguien cuyo criterio deba imponerse a quienes asumen la tarea decisoria.
Finalmente indicar que el informe pericial informático será valorado por el tribunal de forma conjunta con el resto de pruebas, a través de las reglas de la sana crítica. A priori no cuenta con un mayor o menor peso que otros medios de prueba, dependiendo del caso concreto.
¿Que és la carga de la prueba?
La carga de la prueba es la obligación que cada parte tiene de probar los supuestos de hecho cuyas consecuencias jurídicas invoca a su favor en un proceso judicial. Sin embargo, en una clara manifestación del principio de buena fe, cuando para una parte resulta mucho más fácil la acreditación de un dato, es ella la que debe probarlo.
La interpretación de la carga de la prueba ha de ser flexible, con criterios no tasados. Estos criterios deben ser adoptados en cada caso, según la naturaleza de los hechos afirmados o negados y la disponibilidad o facilidad para probar que tenga cada parte.
Cuando sean necesarios conocimientos científicos, técnicos o prácticos en el ámbito de la informática para valorar hechos que beneficiarían a una parte, ésta deberá aportar al proceso el correspondiente informe pericial informático. También podrá solicitar, en los casos previstos en la ley, que se emita dictamen por perito judicial informático designado por el tribunal.
¿Qué son las reglas de la sana crítica?
Las reglas de la sana crítica son un conjunto de reglas en las que se suman la lógica y la experiencia del juez para valorar los medios de prueba. En virtud de estas reglas, se deja la apreciación según su arbitrio, a los jueces y tribunales, pero sin que pueda ser manifiestamente equivocada, arbitraria, absurda o irracional.
En la redacción del informe pericial informático resultará fundamental el empleo la argumentación lógica, la cual nos deberá llevar, de forma razonada, desde los resultados obtenidos en el proceso forense hasta unas conclusiones relativas al hecho controvertido que deberá ser valorado por el juez, precisamente, en base a la lógica.
La valoración de la prueba pericial informática corresponde al tribunal de instancia, y no es objeto de casación a no ser que sea ilógica, arbitraria o contraria a Derecho.
La prueba pericial informática es de libre apreciación por el juez, no tasada, y valorable según las reglas de la sana crítica. Al valorarla, el tribunal deberá ponderar:
- Los razonamientos lógicos que contengan los informes periciales informáticos y los que se hayan vertido en el acto de juicio o vista en el interrogatorio del perito informático autor del mismo.
- La competencia profesional de los perito informático que lo haya emitido, así como cualquier circunstancia que haga presumir su mayor o menor objetividad.

Valoración del informe pericial en base a las reglas de la sana crítica
Respecto a la valoración del informe pericial informático en base a las reglas de la sana crítica, cabe indicar:
- La función del perito informático es la de auxiliar al juez, ilustrándole sin fuerza vinculante sobre las circunstancias del caso, pero sin negar en ningún caso al juzgador la facultad de valorar el informe pericial.
- El proceso deductivo del juzgador no puede chocar de una manera manifiesta y evidente con el raciocinio humano, y sus apreciaciones han de guardar coherencia entre sí. No puede vulnerar la sana crítica, ni establecer conceptos fácticos distintos de los que realmente se han querido llevar a los autos. Tampoco puede provocar alteraciones que impliquen cambios en lo concluido por el perito informático.
- No existen normas legales sobre la sana crítica, pues sus reglas no están codificadas y han de ser entendidas como las más elementales directrices de la lógica humana. Por tanto, son los criterios de la razonabilidad y de la lógica los que presiden dicha valoración.
- No puede alterarse la valoración de la prueba pericial informática más que cuando el juzgador de la instancia tergiverse ostensiblemente las conclusiones periciales, falsee de forma arbitraria sus dictados o extraiga deducciones absurdas e ilógicas.
- La prueba analizada deberá valorarse por la fuerza de la convicción que la exposición y conclusiones del perito informático tengan, objetivamente consideradas con arreglo al razonar humano.
- No puede desarticularse el dictamen pericial informático para valorar sólo algunos aspectos del mismo.
- La fuerza probatoria del informe pericial informático reside, no en sus afirmaciones, ni en la condición, categoría o número de sus autores, sino en su mayor o menor fundamentación y razón de ciencia.
¿Cómo se elabora un informe pericial informático?

Para elaborar un informe pericial informático es recomendable que el perito exponga una breve referencia a su historial académico y relacione aquellos títulos y/o experiencias que más y mejor le acrediten para desarrollar la pericia del caso concreto al que se enfrenta. Resulta un error convertir el informe pericial informático en un currículum vitae. Se trata, por contra, de añadir mayor fiabilidad a la prueba pericial informática.
En su informe pericial, el perito debe exponer la información de la que se ha valido para realizar su trabajo, practicando únicamente los análisis que resulten pertinentes y realizando los diagnósticos que procedan. Resulta ideal emplear el lenguaje más llano posible, dado que el tribunal no tienen nada que ver con un foro científico o una clase magistral universitaria.
El perito deberá proceder con un método que permita el seguimiento racional de su proceso técnico, el cual debe llevar a unas conclusiones apoyadas siempre en datos objetivos.
¿Cuál es el contenido de un informe pericial informático?
El informe pericial informático contiene, al menos, los siguientes apartados:
- Una presentación del perito informático con el detalle de su nombre y apellidos, DNI, en su caso, número de colegiado, domicilio de contacto y todos los datos que le permitan acreditar formación y capacidad suficientes para realizar el dictamen.
- Una descripción detallada de los objetivos y alcance del trabajo a realizar.
- Los datos de partida establecidos por el cliente y la legislación, reglamentación y normativa aplicables.
- Un análisis de las distintas alternativas estudiadas durante la labor de peritaje informático, qué caminos se han seguido para llegar a ellas, ventajas e inconvenientes de cada una y cuál es la solución finalmente elegida y su justificación.
- Documentación, con todo lujo de detalle, de la intervención de las evidencias digitales, el proceso de su adquisición y la acreditación de haber establecido su cadena de custodia correctamente.
- Descripción, con todo lujo de detalle, de las técnicas de informática forense utilizadas y los resultados obtenidos tras aplicarlas sobre las evidencias digitales intervenidas. Todas las acciones realizadas deben de poder ser reproducidas por un tercero, obteniéndose idéntico resultado.
- Unas conclusiones claras, concisas y precisas del resultado del trabajo, con indicación de la página y apartado concreto del informe donde se pueda ampliar o corroborar la información.
- Una argumentación clara que vincule los resultados obtenidos en el estudio forense con las conclusiones expresadas en el dictamen, en base a las reglas de la lógica.
- La firma del perito informático titular suscribiendo la autoría del informe pericial, manuscrita o electrónica.
¿Qué estándares existen respecto a informes periciales informáticos?
Existen diversos estándares susceptibles de aplicarse a los informes periciales informáticos y a las pruebas digitales:
- UNE 197001:2011 Criterios generales para la elaboración de informes y dictámenes periciales.
- UNE 197010:2015 Criterios generales para la elaboración de informes y dictámenes periciales sobre Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC)
- UNE 71505-1:2013 Tecnologías de la Información (TI). Sistema de Gestión de Evidencias Electrónicas (SGEE). Parte 1: Vocabulario y principios generales
- UNE 71505-2:2013 Tecnologías de la Información (TI). Sistema de Gestión de Evidencias Electrónicas (SGEE). Parte 2: Buenas prácticas en la gestión de las evidencias electrónicas
- UNE 71505-3:2013 Tecnologías de la Información (TI). Sistema de Gestión de Evidencias Electrónicas (SGEE). Parte 3: Formatos y mecanismos técnicos
- UNE 71506:2013 Tecnologías de la Información (TI). Metodología para el análisis forense de las evidencias electrónicas
- UNE-EN ISO/IEC 27037:2016 Tecnología de la información. Técnicas de seguridad. Directrices para la identificación, recogida, adquisición y preservación de evidencias electrónicas (ISO/IEC 27037:2012)
- UNE-EN ISO/IEC 27042:2016 Tecnología de la información. Técnicas de seguridad. Directrices para el análisis y la interpretación de las evidencias electrónicas (ISO/IEC 27042:2015)
Hay que incidir que estos estándares NO SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO, y que constituyen, como mucho, una guía de buenas prácticas.
Según la normativa de visado del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA), la norma de aplicación para los dictámenes periciales informáticos que quieran obtener el visado colegial es la UNE 1570001: “Criterios generales para la elaboración formal de los documentos que constituyen un proyecto técnico”. Esto es así por ser un dictamen pericial informático un proyecto técnico de ingeniería en sí mismo, y por constituir una estructura más clara y diáfana de cara a la valoración del documento por un tribunal.
¿Cuál es la estructura de un dictamen pericial informático?

La estructura de un dictamen pericial informático viene determinada por la norma UNE sobre “Criterios Generales para la elaboración de proyectos”, el cual tiene por objeto establecer las consideraciones generales que permitan precisar las características que deben satisfacer los proyectos de productos, obras y edificios, instalaciones, servicios o software, para que sean conformes al fin al que están destinados. Dado que los dictámenes periciales informáticos versan de forma preeminente sobre hardware, servicios o software informático, se pueden considerar un proyecto técnico en sí mismos.
El mayor o menor desarrollo de los aspectos indicados en la norma dependerá del tipo de dictamen pericial informático de que se trate y su destino. A continuación se indica la estructura básica de un informe pericial informático usando esta norma:
Requisitos generales
El informe forense ha de tener un título que ha de expresar de forma clara e inequívoca el objeto del mismo. Así mismo, el dictamen pericial constará de los siguientes documentos básicos: Índice General, Memoria y Anexos. En la primera página de cada uno de los documentos básicos constará:
- Título del informe pericial informático.
- Tipo de documento básico (índice general, memoria o anexos)
- Organismo o cliente para el que se realiza el dictamen.
- Identificación y datos profesionales de cada uno de los peritos informáticos autores del informe y, cuando corresponda, los de la persona jurídica que ha recibido el encargo de su elaboración.
Cada una de las páginas de los documentos básicos contendrá, al menos, el número de página. De forma opcional podrá contener el título o número de identificación del dictamen, título del documento básico al que pertenece, número de edición y/o fecha de aprobación.
Todos los documentos que componen el informe pericial informático han de tener una presentación cuidadosa, limpia y ordenada. Estarán estructurados en forma de capítulos y apartados, que se numerarán de acuerdo a lo indicado en la norma UNE 50132.
El dictamen pericial deberá estar redactado de forma que pueda ser interpretado correctamente por personas distintas al perito informático que lo realizó. Se requerirá un lenguaje claro, preciso, libre de vaguedades y términos ambiguos, coherente con la terminología empleada en los diferentes capítulos y apartados de los diferentes documentos que integran el informe forense, y con una mínima calidad literaria. La primera vez que se utilice una abreviatura o acrónimo en el texto se presentará, entre paréntesis, detrás de la palabra o texto completo al que en lo sucesivo reemplazará. El uso del tiempo futuro indicará requisitos obligatorios. Las sugerencias o propuestas no obligatorias se expresarán mediante la utilización del tiempo condicional o subjuntivo. Cuando proceda indicarlo se considerarán los requisitos relacionados con la propiedad intelectual del informe pericial informático, considerando los relacionados con el perito autor o con la competencia de los colegios profesionales de acuerdo, si procede, con la legislación vigente.
Índice general
Tiene como misión la localización sencilla de los distintos contenidos que integran el informe pericial informático. El índice general contendrá todos y cada uno de los índices de los diferentes documentos básicos que componen el dictamen forense.

Memoria
La Memoria es el documento básico que constituye el dictamen pericial informático y asume la función fundamental de nexo de unión entre todos los contenidos que lo integran. Tiene como misión justificar las soluciones adoptadas y describir de forma unívoca el objeto del informe pericial. La Memoria deberá ser claramente comprensible, no sólo por profesionales especialistas, sino por terceros, en particular por el destinatario de los trabajos, especialmente en lo que se refiere al objeto del dictamen, los elementos estudiados, las técnicas y herramientas empleadas y las razones objetivas y lógicas que han conducido a las conclusiones aportadas.
La Memoria se compone de:
Hoja de identificación
En una primera hoja figurará el título del informe pericial informático, y en su caso, su código identificador.
Razón social de la persona física o jurídica que ha encargado el dictamen pericial y su CIF, nombre y apellidos de su representante legal y su DNI, dirección profesional, teléfono, fax, correo electrónico y cualquier otro identificador profesional que pueda aparecer y existir, salvo aquellos cuya publicidad no sea legalmente procedente.
Figurarán nombre y apellidos, titulación, colegio profesional a que pertenece, número de colegiado, DNI, dirección profesional, teléfono, fax, correo electrónico y cualquier otro identificador profesional que pueda aparecer o existir, salvo aquellos cuya publicidad no sea legalmente procedente, de cada uno de los autores del informe forense, y en su caso, de los responsables de su verificación, revisión y/o validación.
En su caso, razón social de la entidad o persona jurídica que ha recibido el encargo de elaborar el informe pericial informático así como su CIF, dirección, teléfono, fax, correo electrónico, y cualquier otro identificador profesional que pueda aparecer y existir, salvo aquellos cuya publicidad no sea legalmente procedente.
Índice de la memoria
Dicho índice hará referencia a cada uno de los documentos, capítulos y apartados que componen la memoria del informe pericial, con el fin de facilitar su utilización.
Objeto del informe pericial
En este capítulo de la Memoria se indicará de forma unívoca el objetivo del dictamen informático.
Alcance del informe
En este capítulo de la Memoria se indicará el ámbito de aplicación del informe pericial informático.
Antecedentes al estudio
En este capítulo de la Memoria se enumerarán todos los estudios y circunstancias precedentes al informe pericial, necesarios para la comprensión de las alternativas estudiadas y de las conclusiones finales adoptadas.
Normas y referencias
En este capítulo de la Memoria se relacionarán sólo los documentos citados en los distintos apartados de la misma. Se contemplará el conjunto de disposiciones legales (leyes, reglamentos, ordenanzas…) y las normas de no obligado cumplimiento que se han tenido en cuenta para la realización del informe pericial informático. También se relacionará el conjunto de libros, revistas u otros textos que el autor considere de interés para justificar las decisiones y conclusiones adoptadas.
Definiciones y abreviaturas
En este capítulo de la Memoria se relacionarán todas las definiciones, abreviaturas, y en general, cualquier definición técnica que se haya utilizado a lo largo del documento y su significado.
Requisitos del informe pericial
En este capítulo de la Memoria se describirán las bases y datos de partida establecidos por el destinatario del informe y los que se deriven de la legislación, reglamentación y normativa aplicables.
Análisis de soluciones
En este capítulo de la Memoria se indicarán las distintas alternativas estudiadas, qué caminos se han seguido para llegar a ellas, ventajas e inconvenientes que pueda presentar cada una y cuál es la solución finalmente elegida para cumplir el objeto del informe pericial, y su justificación.
Resultados finales del dictamen
En este capítulo de la Memoria se describirán de forma resumida los elementos de partida del informe pericial informático, las técnicas forenses utilizadas tanto para la aprehensión y conservación de las evidencias digitales como para su estudio y análisis, los resultados obtenidos de dichos análisis y las conclusiones alcanzadas en base a la interpretación lógica y justificada de dichos resultados.
Se finalizará enumerando las conclusiones alcanzadas, fecha de conclusión del estudio y la identificación y firma de cada uno de los autores del informe forense.

El anexo del informe forense
El Anexo constituye el documento básico formado por los documentos e información detallada que desarrollan, justifican y/o aclaran apartados específicos de la Memoria del informe pericial informático.
La composición de los anexos varía en función de cada caso, pero suele estar formada por:
Documentación de partida
Este capítulo del Anexo incluirá aquellos documentos que han debido tenerse en cuenta para establecer los requisitos del informe pericial informático, tales como atestados policiales, dictámenes periciales objeto de contraste, contratos, etc. También se podrán incluir breves referencias a sentencias o jurisprudencia existente que condicione el desarrollo de la labor forense, evitando siempre incluir la sentencia en sí misma para evitar la posibilidad de que califiquen el documento como “pericial jurídica”.
Intervención y estudio de evidencias digitales
Este capítulo del Anexo incluirá documentación detallada del proceso de intervención, preservación y análisis de las distintas evidencias digitales en las que se sustente el informe pericial informático.
¿Cómo se redacta un informe pericial informático?

El informe pericial informático debe redactarse con el lenguaje más claro y llano posible, sustentando las conclusiones del mismo de forma lógica y argumentada a partir del análisis de las evidencias analizadas. Hay que tener en cuenta que el destinatario último del dictamen pericial será un juez, el cual posee limitados conocimientos técnicos de la materia y la valorará de acuerdo a las reglas de la lógica y de la sana crítica.
Documentación de la intervención de evidencias
El primer paso en la elaboración de un informe pericial informático será incluir como un ANEXO la documentación exhaustiva de la intervención de las evidencias que sustentarán el estudio. Las evidencias pueden ser, además de digitales, documentales, pero también testificales o de cualquier otra índole.
En el caso de las evidencias documentales deberá incluirse copia del propio documento, así como quién lo proporciona, o en su defecto, dónde ha sido encontrado, y cuándo.
En el caso de evidencias testificales, se debe recoger la declaración firmada del testigo en cuestión, indicando fecha y hora de la misma, y en su caso ante qué personas se produce esa declaración.
En el caso de pruebas digitales deberá fundamentarse con todo detalle la cadena de custodia de la misma, es decir, su origen e integridad (su autenticidad o no será estudiada posteriormente). Por ello el perito informático debe emplear cualquier medio a su alcance que le permita demostrar sin lugar a dudas las circunstancias en las que encontró dicha evidencia digital, desde su situación geográfica y/o espacial, hasta el propio entorno digital en el que se encontrara la evidencia. En este apartado se documentará desde el proceso de extracción y clonado forense de un disco duro perteneciente a un equipo informático, hasta la obtención de mensajes de Whatsapp de un teléfono móvil, la situación de un correo electrónico, la red social en las que se publican mensajes que vayan a estudiarse, y un larguísimo etcétera de situaciones. Adicionalmente el perito informático fijará la integridad de todos los elementos intervenidos mediante la obtención de su firma Hash, al objeto de demostrar que dichas evidencias no se han visto alteradas con posterioridad a la intervención. Finalmente, adjunto al informe pericial informático se deberá incluir un soporte informático con todas las evidencias digitales que el perito informático haya usado en su dictamen, para su puesta a disposición judicial y de las partes en el proceso.
Documentación del estudio forense de las evidencias
El segundo paso para elaborar un informe pericial informático será incluir como un ANEXO del dictamen, con todo detalle, las técnicas y herramientas forenses utilizadas sobre las evidencias así como los resultados obtenidos. Dicho proceso de estudio debe de poder ser reproducible a partir de la información consignada y deben de poder obtenerse exactamente los mismos resultados.
Resumen de resultados del estudio forense y conclusiones
El tercer paso en la elaboración del informe pericial consistirá en la redacción de los capítulos de la memoria relativos al objeto del informe y los requisitos que se han tenido en cuenta para la intervención y estudio de las evidencias que lo sustentan.
Por último se deberá realizar una exposición basada en la argumentación lógica para, partiendo de las evidencias y estudios forenses realizados, establecer una serie de conclusiones que soporten con solvencia su escrutinio y valoración mediante las reglas de la sana crítica.
¿Cómo se fundamenta objetivamente el informe pericial informático?

Para que el informe pericial informático sea lo más objetivo posible resulta indeal seguir las siguientes recomendaciones:
- Analizar primero los aspectos técnicos que rodean el litigio desde el marco normativo de aplicación
- No se debe considerar prioritaria ninguna opinión personal
- Cada conclusión técnica debe ser analizada y debidamente justificada
- Es perentorio exponer siempre los datos que se utilicen en el informe pericial, y además comprobarlos debidamente.
- Cualquier análisis realizado debe quedar reflejado en el dictamen, con su metodología, marco normativo y resultados. Debe poder ser contrastado por terceros sin lugar a dudas.
- El perito debe auxiliarse de cuantos medios sean necesarios, incluyendo el auxilio de otro perito especialista en un tema muy concreto y específico que conforme parte de la pericial. La ley no prohíbe la figura del auxiliar del perito que pueda completar objetos concretos del dictamen o colaborar en el reconocimiento pericial.
- Todo dictamen debe partir del sentido común y la experiencia del perito, con sólidos fundamentos lógicos.
¿Qué distingue un buen informe pericial informático?

Un buen informe pericial informático se distingue por ser estructuralmente claro y ordenado, exhaustivo y conciso respecto de las técnicas forenses empleadas, con unas conclusiones basadas en la argumentación lógica a partir del estudio realizado y redactado en un lenguaje lo más llano y comprensible para profanos en el ámbito de la ingeniería informática.
El perito informático debe tener muy en cuenta que su informe pericial deberá ser abordado, normalmente, por profanos en la materia, y que será valorado conjuntamente con otros elementos de prueba existentes en el proceso judicial mediante las reglas de la sana crítica, basadas en la argumentación lógica.
La rotundidad de un perito no implica fiabilidad. Tan importante como la congruencia es la propia unidad lógica de todo el informe pericial, desde el trabajo de campo a las conclusiones, pasando por los razonamientos.
Peritos especialistas en prueba digital

Nuestros peritos están ampliamente formados en técnicas de informática forense al objeto de adquirir, preservar, analizar y documentar las pruebas digitales que intervienen en hechos controvertidos objeto de litigio. La casuística particular de las evidencias digitales y la forma errónea de tratar estos elementos de prueba están generando una gran inseguridad jurídica. Por este motivo resulta fundamental contar con peritos informáticos especializados a la hora de fundamentar correctamente y con garantías un proceso judicial.
Algunos de los elementos de prueba digital sobre los que aplicamos habitualmente técnicas de informática forense son:
Fotografías digitales
- Intervención y establecimiento de cadena de custodia de fotografías digitales.
- Examen informático de características fotográficas para establecer su no manipulación.
- Estudio de Fake News e impacto de bulos digitales
Vídeos digitales
- Intervención y preservación de ficheros de vídeo digital, desde portales web o dispositivos de almacenamiento.
- Examen informático de características para establecer su no manipulación
- Examen de fotogramas y composición de escena.
Grabaciones de audio digital
- Intervención de ficheros de audio desde dispositivos móviles y hardware de almacenamiento.
- Preservación y establecimiento de cadena de custodia.
- Examen informático de características de audio, tanto metadatos como espectrográficas.
Volcado forense de datos
- Volcado forense de datos y preservación de cadena de custodia.
- Laboratorio forense móvil para realizar volcados in situ, incluso en sede judicial o notarial.
- Plena validez probatoria evitando la impugnación de las pruebas digitales intervenidas.
Redes sociales
- Intervención y preservación de pruebas digitales relativas a publicaciones en redes sociales
- Determinación de grado de difusión e impacto de publicaciones y comentarios.
- Especializados en procesos por derecho al honor.
Mensajes de Whatsapp
- Intervención y preservación de bases de datos de Whatsapp
- Examen forense de teléfono móvil en busca de trazas de manipulación
- Estudios contrapericiales de mensajes de Whatsapp aportados en papel.
Validación de mails
- Intervención forense de correos electrónicos y ficheros adjuntos.
- Examen de autenticidad e integridad de los correos.
- Estudio de firmas electrónicas, cifrado y posibilidad de alteración del mensaje durante su envío
Páginas web
- Intervención y preservación de estado de una página web.
- Transcripción y documentación de contenidos.
- Examen de documentos multimedia presentes en un portal web.
- Plenas garantías legales frente a actas notariales de presencia.
Informes periciales para procesos judiciales

Los informes periciales informáticos que realizamos desde Indalics Peritos Informáticos son el culmen de nuestra labor de peritaje informático. Las pruebas periciales informáticas son cada vez más determinantes para el resultado final de multitud de procesos judiciales en todos los órdenes jurisdiccionales. La digitalización creciente de nuestra sociedad ha hecho aparecer nuevas modalidades de delitos que se sirven de las nuevas tecnologías. Así mismo, los delitos más tradicionales se están digitalizando con rapidez para valerse de esta nueva realidad en la comisión de ilícitos de todo tipo.
Ayudamos a despachos de abogados del s.XXI

Debido a la complejidad técnica que la digitalización social y económica provoca, se hace indispensable contar con un despacho pericial informático de confianza que preste servicios periciales para su despacho de abogados, dando soporte a su bufete y complementando las habilidades jurídicas de sus letrados desde una perspectiva técnica.
En Indalics somos peritos informáticos profesionales especializados en prestar servicios a despachos de abogados del s. XXI, que deberán lidiar con pruebas digitales en procesos judiciales de toda índole. Todos nuestros profesionales son ingenieros técnicos en informática colegiados.
Peritos informáticos profesionales

Todos los peritos de Indalics son profesionales que cuentan con la correspondiente titulación oficial habilitante y están incorporados al respectivo colegio profesional tal y como marcan las leyes para poder ejercer como peritos informáticos en España. Extreme las precauciones ante el aumento de estafas por parte de falsos profesionales que simulan estar habilitados y que pueden causarle un perjuicio enorme, toda vez que pueden ser tachados del proceso judicial, dejando sin efecto su dictamen pericial.
Infórmese sobre nuestros los servicios que le ofrecemos
Nuestros peritos informáticos profesionales estarán encantados de elaborar el informe pericial informático adecuado para su caso. Estaremos encantados de escuchar su problemática y de ayudarle a resolver cualquier duda o pregunta, en horario de 8:30h a 14:00h y de 15h a 17h, de lunes a viernes.
Si lo prefiere, solicite cita previa y le recibiremos en nuestras instalaciones situadas en el Parque Científico Tecnológico de Almería, más concretamente en la Avda. de la Innovación 15, Edificio Pitágoras, Planta 2, Área B, Despacho 58.
Sus datos personales serán tratados de acuerdo con lo establecido en el aviso legal de la compañía y en la legislación vigente en materia de tratamiento de datos de carácter personal. Toda la información que nos remita quedará amparada bajo el más estricto secreto profesional.

