ElDerecho.com nos publica artículo sobre comunicaciones electrónicas

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Publicado artículo sobre comunicaciones electrónicas en ElDerecho.com

ElDerecho.com ha vuelto a publicar un nuevo artículo de  Pedro De La Torre Rodríguez, perito informático colegiado y CEO de Indalics Peritos Informáticos, titulado «Cuándo es obligatorio aportar un dictamen pericial para aportar como prueba una comunicación electrónica»

En el mencionado artículo Pedro De La Torre diserta sobre cuándo resulta preceptivo presentar un informe pericial informático firmado por un perito informático legalmente habilitado para aportar una comunicación digital como prueba en un proceso judicial. Para ello De La Torre comenta la SENTENCIA 375/2018 DEL TS, SALA 2ª DE LO PENAL, 19 DE JULIO DE 2018. En el artículo se concluye que:

a) No será necesaria prueba pericial informática de una comunicación electrónica cuando dicha comunicación venga a corroborar hechos expuestos mediante otros medios de prueba indubitada. Con ello su autenticidad e integridad se inferirían a priori a partir de otros elementos de prueba.

b) Por tanto, será necesaria siempre prueba pericial informática de una comunicación electrónica cuando dicho elemento sea la prueba única y aislada de que unos determinados hechos o conductas han tenido lugar.

c) La parte contraria debe solicitar y/o aportar un informe contrapericial de la comunicación electrónica aportada, basado no sólo en la posibilidad técnica de manipular, alterar o falsificar este tipo de comunicaciones, sino en la demostración efectiva de una manipulación. No se admite la mera impugnación retórica

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