El informe contrapericial informático es una herramienta básica para impugnar una prueba pericial aportada de contrario. No siempre se usa cuando se debe, ni de forma adecuada.
¿Qué es un informe contrapericial?
El informe contrapericial tiene por objeto someter a contradicción la labor de otro perito informático y refutar total o parcialmente sus conclusiones. Para ello el contraperito buscará errores en la metodología empleada por el otro perito informático o agente policial, fallos al capturar y preservar evidencias digitales, rompiendo la cadena de custodia, un análisis de informática forense erróneo o errores de valoración de los mismos a la hora de llegar a unas determinadas conclusiones.
¿Para qué sirve un informe contrapericial informático?
El informe contrapericial sirve como base impugnatoria de la prueba pericial informática presentada de contrario, al objeto de que no despliegue fuerza probatoria o que dicha fuerza sea limitada. En la mayoría de los casos no basta con una mera impugnación retórica por parte del abogado, que deberá impugnar el informe pericial informático contrario a través del leal saber y entender de otro perito informático profesional, que argumente un parecer contrario sobre los mismos hechos y pruebas, y siembre la duda razonable en el tribunal.
Además, dependiendo del perito informático con el que cuente para la labor contrapericial, éste podrá instruirle en la forma de abordar el interrogatorio del perito contrario en la vista oral, al objeto de que incurra en contradicción, así como de la oportunidad o no de solicitar un careo entre ambos que dilucide la verdad de los hechos en presencia del tribunal. Para ello será necesario un dominio pormenorizado de la oratoria jurídica y la capacidad de explicar con claridad conceptos complejos a personas completamente desconocedoras.
¿Qué es la duda razonable?
La duda razonable es aquella que se origina como una consecuencia lógica y necesaria de la falta de consistencia de una evidencia, que provoca que no se tenga certidumbre sobre un determinado hecho en cuanto a su ocurrencia, sus características o su autoría.
No se trata de una duda injustificada o planteada por el hecho de eludir tomar una decisión, sino que hay motivos fundados para no estar seguro. Estos fundados motivos deben ser aportados por el informe contrapericial, de forma contrastada y lógica.
¿Qué examina un informe contrapericial?
Un informe contrapericial examinará los siguientes aspectos:
- Cualificación profesional del perito informático y supuestos de recusación o tacha en los que pudiera incurrir.
- Aprehensión y preservación de evidencias digitales: cadena de custodia y no contaminación de la prueba.
- Búsqueda de errores metodológicos y de análisis forense.
- Examen de fallos de argumentación y conclusiones no sustanciadas
Cualificación profesional del perito informático contraperitado
Aunque pueda parecer increíble, más del 80% de los profesionales que prestan servicios como peritos informáticos carecen de titulación oficial en informática, tal y como exigen las leyes de enjuiciamiento en España, tanto civil como criminal. Tampoco son peritos informáticos colegiados, tal y como exigen las leyes.
Por ello, lo primero al realizar el informe contrapericial es examinar si se acredita en el informe estudiado la titulación oficial de su autor, y contrastarlo en fuentes abiertas mediante técnicas OSINT.
En caso de no contar con la titulación oficial el informe pericial puede no ser tenido en cuenta por el tribunal, perjudicando gravemente a la parte que lo aportó. Así mismo, el perito puede enfrentarse a responsabilidades civiles y penales de diversa índole.
Entre los supuestos de tacha del perito está contemplado en el ordenamiento jurídico «cualquier circunstancia, debidamente acreditada, que les haga desmerecer en el concepto profesional.» Sería motivo de tacha del perito informático carecer de la titulación oficial en informática, por ejemplo. Los cursos propios de universidades, formación no reglada y formación prestada desde diversas asociaciones de peritos informáticos no son titulaciones oficiales.
Caso de darse alguno de estos supuestos, deberá consignarse, junto a los elementos de prueba, en el informe contrapericial.
Ruptura de la cadena de custodia y contaminación de las pruebas
Lo siguiente a analizar a la hora de elaborar el informe contrapericial es cómo ha obtenido el perito las pruebas digitales usadas para sustentar su informe pericial informático. Es imprescindible que se documente correctamente la situación en la que se encontraban las pruebas digitales, la forma en la que se han aislado y obtenido desde el entorno en el que se encontraban, y la certificación, mediante su firma hash, de que la información obtenida es idéntica a la original encontrada en la escena, garantizando la cadena de custodia y su no manipulación.
Así mismo, examinaremos si se ha podido incurrir en algún supuesto de ilicitud en la obtención de la prueba por afectar a derechos de terceros sin haberse tenido en cuenta las debidas garantías y precauciones procesales, con lo que las pruebas quedarían anuladas y el perito informático contrario podría incluso incurrir en responsabilidades penales.
En el informe contrapericial informático se consignarán las dudas razonables respecto del origen, autenticidad e integridad de las pruebas digitales, así como de la licitud de su obtención. En caso de convencer al tribunal, las pruebas y todas las conclusiones basadas en ellas serían anuladas.
Errores metodológicos y de análisis forense informático
El contraperito informático comprobará que la metodología utilizada en el peritaje informático contrario sea pertinente y ajustada al objeto de la misma. Para ello debe ser susceptible de aportar unos resultados predecibles, que deberán contrastarse, en función del estado de la técnica.
Así mismo, las tareas de análisis forense realizadas por el perito informático para la extracción de información a partir de las evidencias digitales tienen que estar lo suficientemente documentadas para permitir que cualquier otra persona, experta o no, pueda recrear dicha tarea, debiendo obtener exactamente el mismo resultado. De no documentarse suficientemente este aspecto, el informe contrapericial suscitará dudas razonables sobre si la información extraída se corresponde con las evidencias digitales intervenidas y no son mera invención o manipulación interesada de los resultados.
Fallos de argumentación y conclusiones no sustanciadas
En el informe contrapericial se indicará si el desarrollo lógico seguido para la obtención, por parte del perito informático contrario es pertinente. Para ello se examinará si sus conclusiones pueden ser inferidas a partir de las evidencias digitales obtenidas y del análisis forense practicado. Las conclusiones deben asumir o negar unos determinados hechos, o deben poder inferirse a partir de hechos accesorios sustentados de forma indubitada. Es decir, las conclusiones deben sustentarse a partir de la información extraída de las pruebas digitales capturadas mediante metodologías conocidas y documentadas de análisis forense informático que permitan llegar a dichas conclusiones de forma racional y lógica a partir del mero estudio técnico.
Para ello se someterá a escrutinio la argumentación lógica desarrollada por el perito informático contrario al objeto de establecer un nexo causal entre la información obtenida mediante el análisis forense y las conclusiones establecidas en su informe.
Por último el informe contrapericial examinará si las conclusiones se basan escrupulosamente en la argumentación lógica seguida o si pueden contener valoraciones subjetivas que desvirtúen el estudio. Hay que recordar que las reglas de la sana crítica que rigen tanto el debate procesal como la valoración por parte del tribunal deben basarse estrictamente en la lógica.
¿Cuándo debe aportarse un informe contrapericial a una causa judicial?
El informe contrapericial debe aportarse a una causa judicial siempre en primera instancia, normalmente en respuesta a la presentación del informe pericial de contrario. De no hacerlo en el momento procesal correcto, el informe contrapericial puede no ser admitido, por extemporáneo.
Tampoco se suele admitir el informe contrapericial respecto de otro informe contrapericial presentado contra un dictamen previamente registrado por nuestra parte. Esto suele suceder cuando el primer informe no estaba bien hecho, con importantes carencias, y se pretende luego enmendar al enmendador, completándolo.
En apelación sólo podrán examinarse errores en la valoración de la prueba por parte del tribunal, basados en una apreciación absurda, ilógica o irracional de la misma. No se admitirán los informes contrapericiales en esta fase, puesto que ya existió la oportunidad en primera instancia de someter a contradicción la prueba presentada por las partes.