
Hoy les voy a hablar sobre el contrato de software, en especial del software a medida, y sobre las prevenciones que debe adoptar antes de firmar con un proveedor de servicios, según mi experiencia como perito informático.
Contrato de software
Como imagino sabrá, no hay mucha diferencia entre la adquisición de una casa y de un programa informático en propiedad. Ambos tienen una serie de características, calidades mínimas, garantías, y ambos son diseñados y después «construidos» según las especificidades contratadas y la normativa vigente.
Por ello en todo contrato de software, sea de un software totalmente nuevo o de la adaptación de uno preexistente, además de los datos identificativos de las partes, deben figurar una serie de estipulaciones que eviten que la adquisición de un software a medida se transforme en una auténtica pesadilla.
Prevenciones antes de firmar con un proveedor de software
Para evitar sustos y tener que acabar en los tribunales, le recomiendo que en todo contrato de software examine que aparecen una serie de características antes de proceder a su firma, y que no se fije sólo en el precio, ya que lo barato le puede salir carísimo. Así mismo le recomiendo que incorpore todos estos elementos en el apartado de riesgos de su estrategia digital. No acuda a un proveedor de software sin tener claro qué quiere y para qué lo quiere.
Entrega de proyecto técnico con carácter previo a la realización de los trabajos
En el contrato de software debe figurar que se le entregará copia del proyecto técnico antes de comenzar los trabajos. Este aspecto es fundamental, ya que en el proyecto técnico se determinan, entre otras cosas, el responsable del mismo, las características técnicas del software, la tecnología utilizada, los tiempos de ejecución y los costes de realizar dicho proyecto. También es un elemento fundamental a la hora de preservar la propiedad intelectual sobre el software adquirido.
En caso de no existir proyecto técnico, no podrá demostrar que lo entregado no se ajusta a lo contratado, ya que en ningún momento se habría especificado qué es lo que realmente está comprando, ni podría reclamar responsabilidades a las personas que han intervenido en la prestación de servicios. Caso de litigar, el asunto quedaría completamente a la discreción del juez interviniente y a la habilidad de los abogados y peritos intervinientes. Los fallos de software son casi inevitables en ausencia de proyecto técnico.
Tampoco podrá reclamar la propiedad intelectual del mismo, ya que sus características no están determinadas.
Seguro de responsabilidad civil
Exija que en el contrato figure que, en caso de daños y perjuicios, el proveedor cuenta con un seguro de responsabilidad civil con cobertura suficiente según la envergadura del proyecto contratado. Con esto evitará que, ante un problema grave, el proveedor pueda declararse insolvente para asumir los perjuicios ocasionados.
Cualificación de los responsables de la prestación de servicio
Exija también que en el contrato de software se le detalle la identidad de las personas responsables del mismo así como una declaración sobre la cualificación profesional de dichos responsables. Con ello evitará desde el principio que lo contratado pueda quedar en manos de personas inexpertas que, a buen seguro, no cumplirán con lo contratado.
Listado de los elementos entregados al finalizar el proyecto
Exija por contrato que, a la finalización de los trabajos se le entregue un documento listando todos los ficheros electrónicos de los que se compone el software entregado en los que se indique, como mínimo, su nombre y extensión y la firma hash del mismo. Con ello, en caso de defecto, podrá acreditar que dicho defecto no ha sido acreditado por usted a posteriori.
Huya de las cláusulas de mantenimiento
Verá que en muchos contratos de software se le estipulan una serie de trabajos de mantenimiento tras la entrega del software contratado a cambio de una contraprestación económica. Este tipo de cláusulas resultan abusivas, dado que se le pretende cobrar para subsanar defectos que dicho software no debería tener. Evítelas siempre que supongan un coste económico y/o operativo.
Exija la portabilidad de sus datos
Una práctica frecuente en el sector es la de comercializar software que no permita exportar la información a fin de que pueda ser usado por un software análogo de otro fabricante. Con ello se secuestraría su información y se le impediría pasarse a otro sistema informático de un competidor, lo que constituye una práctica totalmente competitiva. Exija por contrato que sus datos puedan ser portables a un formato de fichero estandarizado que no sujeto a licencias. Los datos exportados deberán estar en un formato estructurado, de uso común y legible por una máquina.
Propiedad intelectual
Especifique claramente en el contrato que la propiedad intelectual del software adquirido son suyos. Con ello estará legalmente autorizado a realizar modificaciones posteriores en el mismo, según le convenga. Esta característica, junto a la posesión del documento técnico le permitirán que cualquier otro proveedor habilitado pueda modificar el software, actualizándole el proyecto técnico del mismo con las nuevas características. De no poseer el proyecto técnico le resultará muy complicado que otro proveedor pueda realizarle las modificaciones, siendo rehén de su proveedor.
Resolución del contrato
Exija que en el contrato de software figuren como cláusulas de resolución del contrato, en cualquier fase del proyecto, hechos tales como apartarse de lo estipulado en el documento técnico, la sustitución del personal responsable por otro de menor cualificación o la falsedad manifiesta de cualquiera de los puntos declarados por el proveedor en dicho contrato.
Ahorro vs Riesgo
Indudablemente todas estas características tienen un coste económico. Si cree que se le va a hacer, con todas las garantías, un software a medida por un par de miles de euros, está muy equivocado. Es más, desconfíe totalmente si le exijen un precio menor por su software a medida que por el software genérico licenciado. Es imposible que un traje único a medida cueste menos que uno fabricado en serie.
Hágase cargo también que, dependiendo de la importancia que tenga el software para su negocio, se arriesga a importantes perjuicios operativos, que en los casos más graves, pueden suponerle incluso el cierre. Además de esto, en caso de tener que litigar y acudir a la Justicia, los costes de abogados y peritos así como del propio proceso judicial le pueden suponer un descalabro importante, ya que estos casos son altamente complejos.
Por todo ello, le recomiendo encarecidamente prevenir, y exigir contractualmente estas mínimas garantías que les he sugerido. En caso de problemas, acuda a un profesional que elabore el correspondiente peritaje informático.